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Documento BOE-B-2001-242115

Resolución de la Dirección General de Estructuras y Mercados Pesqueros por la que se acuerda dar de baja en el Registro Oficial de Empresas Pesqueras en Países Terceros a la sociedad mixta "Pesuar, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 2001, páginas 10835 a 10835 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2001-242115

TEXTO

Notificación a la empresa pesquera "Pescaboa,

Sociedad Anónima", principal socio español de la

sociedad mixta "Pesuar, Sociedad Anónima" de la

Resolución del Director general de Estructuras y

Mercados Pesqueros, de 16 de julio de 2001, por

la que se acuerda dar de baja en el Registro Oficial

de Empresas Pesqueras en Países Terceros a la

sociedad mixta "Pesuar, Sociedad Anónima", inscrita con

el número 037, al no cumplir con lo establecido

en el artículo 7, punto 1 y punto 2, así como los

anexos II y III del Real Decreto 601/1999, de 16

de abril, que regula el Registro Oficial de Empresas

Pesqueras en Países Terceros.

Al no poderse notificar en el último domicilio

de referencia en la calle Conde de Terrecedeira,

78, 36202 Vigo, tal y como establece el artículo

59 de la Ley 30/1999, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1992, de 13 de enero.

Por la presente se notifica a la empresa pesquera

"Pescaboa, Sociedad Anónima" que la Dirección

General de Estructuras y Mercados Pesqueros ha

dictado Resolución en cuya parte dispositiva dice:

Resuelvo dar de baja en el Registro Oficial de

Empresas Pesqueras en Países Terceros a la sociedad

mixta "Pesuar, Sociedad Anónima".

Contra esta Resolución que agota la vía

administrativa podrá recurrirse potestativamente en

reposición ante el excelentísimo señor Ministro de

Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un

mes contado a partir del día siguiente a aquel en

que tenga lugar su notificación o ser impugnada

directamente ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo

de dos meses, también contados desde el día

siguiente a su notificación, advirtiendo que no se podrá

interponer recurso contencioso-administrativo,

hasta que se haya resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del recurso de

reposición, si se hubiera interpuesto, todo ello

conforme a lo ordenado en el artículo 116 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada

por la Ley 4/1999, de 14 de abril, de Organización

y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, Ley 29/1998, de 13 de julio, de Reforma

de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Madrid, 12 de septiembre de 2001.-El Director

general.-49.003.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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