Con fecha 7 de septiembre de 2001, la Dirección
General de Costas resolvió desestimar el recurso
de alzada interpuesto por don Nelson Almonte,
contra la resolución del Servicio Provincial de Costas
en Alicante, de fecha 31 de enero de 2000.
Dicha resolución se declara subsistente y definitiva
en vía administrativa y deberá cumplirse en todos
sus términos, con arreglo a la siguiente obligación:
Primero.-Imponerle una multa de 40.000 pesetas,
que deberá satisfacerse en papel de pagos al Estado
o ingresar en la Caja del Tesoro Público de la
Intervención de Hacienda, en el plazo de veinte días.
Dicho pago deberá acreditarse mediante justificante
en este Servicio.
Del incumplimiento de las obligaciones
económicas indicadas, se dará traslado a la Delegación
de Hacienda, para su cobro por vía de apremio,
en aplicación del Reglamento General de
Recaudación.
Alicante, 6 de noviembre de 2001.-El Jefe del
Servicio Provincial de Costas de Alicante, Tomás
Prieto Martín.-55.871.
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