Desconociéndose el actual domicilio de "Nuf-Jhu,
Sociedad Anónima" (antes HASA), por no
hallársele en calle General Aranzaz, 88, 28027 Madrid,
que había designando, se le hace saber por el
presente edicto que por este Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente R. G. 38/99
y R. S. 510/99, seguido a su instancia por el
Impuesto sobre el Valor Añadido, se ha dictado resolución
en la sesión de Sala del día 12 de septiembre
de 2001, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en la reclamación económico-administrativa
promovida por "Nuf-Jhu, Sociedad Anónima" (antes
HASA, S.A.), contra liquidación del Impuesto sobre
el Valor Añadido, practicada por la Oficina Nacional
de Inspección, acuerda desestimarla confirmando
el acto impugnado."
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este edicto.
Madrid, 2 de noviembre de 2001.-Alejandro
Rebollo Álvarez-Amandi.-56.656.
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