Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente tramitado en el Servicio de
Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de
Ceuta a petición de don Alberto Ramón Gaitán
Rodríguez, en representación de la "Empresa de
Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad
Anónima", con domicilio en Ceuta, calle Beatriz
de Silva, número 2, solicitando autorización y
declaración, en concreto, de utilidad pública para el
establecimiento de un centro de transformación y dos
tramos de línea eléctrica subterránea de 15 kV, y
cumplidos los trámites reglamentarias ordenados en
el título VII, capítulo II, sección 1.a y capítulo V,
sección 2.a, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Este Servicio, en ejercicio de las competencias
asignadas por el Decreto 2502/1996, de 5 de
diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta
en materia de Industria y Energía, ha resuelto:
1.o Autorizar a la "Empresa de Alumbrado
Eléctrico de Ceuta, Sociedad Anónima", la instalación
de un centro de transformación y dos tramos de
línea eléctrica subterránea de 15 kV, cuyas
características son las siguientes:
a) Lugar donde se van a establecer las
instalaciones: Presa del Renegado.
b) Finalidad de la instalación: Seccionamiento
y protección de la línea eléctrica de 15 kV, de la
Confederación Hidrográfica del Sur, así como
suministro eléctrico en baja tensión a futuros edificios
en la zona.
c) Características principales:
Centro de transformación (que será denominado
"Presa Arroyo del Renegado"): Prefabricado de
hormigón, con capacidad para un transformador
trifásico refrigerado por aceite con una potencia
máxima de 630 kVA, para transformación de 15 kV
a 380/220 V. Protegido contra cortocircuitos por
medio de fusibles de 63 A. En una primera fase
no se instalará el transformador y hará las veces
de seccionamiento.
Primer tramo de línea eléctrica subterránea (de
alimentación al centro de transformación): Unirá
el final de la línea eléctrica aérea de 15 kV, "Centro
de transformación Loma Margarita-antiguo centro
de transformación Confederación Hidrográfica del
Sur (Presa)", con el centro de transformación "Presa
Arroyo del Renegado". Estará constituido por cable
tipo RHVFAZ1-12/20 kV, de 3 (1 ^ 70 mm2) de
sección de cobre, enterrado y entubado, con una
longitud de 30 metros. Capacidad de
transporte = 6.313 kVA.
Segundo tramo de línea eléctrica subterránea (de
salida del centro de transformación). Paralelo al
primer tramo. Constituido por cable tipo RHZ1-12/20
kV de 3 (1 ^ 150 mm2) de sección de aluminio,
enterrado y entubado. Longitud = 30 m. Capacidad
de transporte = 7.365 kVA.
2.o Declarar, en concreto, la utilidad pública de
las instalaciones eléctricas que se autorizan, a los
efectos señalados en la Ley 10/1996, sobre
expropiación forzosa y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas, y en el capítulo V del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Contra la presente Resolución, que no agota la
vía administrativa, cabe interponer recurso ordinario
ante el excelentísimo señor Consejero de Economía
y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en
el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente Resolución, que no agota la
vía administrativa, podrán interponerse por los
interesados los recursos potestativo de reposición y de
alzada, en el plazo de un mes, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administrativas Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Ceuta, 23 de octubre de 2001.-El Jefe del Servicio
de Industria y Energía, Andrés Carlos Martínez
Palacios.-57.037.
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