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Documento BOE-B-2001-30024

Resolución de la Dirección General de Industria, de la Consejería de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y reconocimiento de la utilidad pública del proyecto de instalaciones "Suministro al polígono industrial Requejada".

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 3 de febrero de 2001, páginas 1511 a 1512 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2001-30024

TEXTO

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de

7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en el

artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y

56 de su Reglamento, se somete a información

pública el proyecto de instalaciones cuyas características

se detallan a continuación:

Expediente: IGN 133/00.

Peticionario: "Gas Natural SDG, Sociedad

Anónima", con domicilio social en Madrid, avenida de

América, número 38.

Objeto de la petición: Autorización administrativa

y reconocimiento de la utilidad pública del proyecto

de instalaciones "Suministro al polígono industrial

Requejada", que discurre por el término municipal

de Polanco.

Descripción de las instalaciones: La finalidad es

realizar una acometida en alta presión A (APA,

16 bar máximo) para posibilitar el suministro de

gas natural al polígono industrial Requejada, en

Polanco.

Tubería: De acero al carbono, tipo API 5L GR.B,

con diámetro 6''.

Presión: 16 bar.

Longitud: 850 metros.

Presupuesto: Veintiún millones setecientas

veintidós mil seiscientas setenta (21.722.670) pesetas.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación

concreta e individualizada de bienes y derechos

afectados.

Afección a fincas particulares derivada de la

construcción del suministro y sus instalaciones auxiliares:

Uno. Expropiación forzosa en pleno dominio

de los terrenos sobre los que se han de construir

los elementos de instalación fija en superficie.

Dos. Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso, en una franja de terreno de tres metros, a

lo largo del trazado de la conducción, uno y medio

a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada

la tubería o tuberías que se requieran para la

conducción del gas y que estará sujeta a las siguientes

limitaciones:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50

centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a

una distancia inferior a dos metros a contar desde

el eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de

obras, construcción, edificación o efectuar acto

alguno que pudiera dañar o perturbar el buen

funcionamiento de las instalaciones, a una distancia

inferior a cinco metros del eje de trazado, a uno y

otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse

siempre que se solicite expresamente y se cumplan

las condiciones que, en cada caso, fije el órgano

competente de la Administración.

Libre acceso del personal y equipos necesarios

para poder mantener, reparar o renovar las

instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que

se ocasionen.

Posibilidad de instalar los hitos de señalización

o delimitación y los tubos de ventilación, así como

de realizar las obras superficiales o subterráneas que

sean necesarias para la ejecución o funcionamiento

de las instalaciones.

B) Ocupación temporal, como necesidad

derivada de la ejecución de las obras, de la zona que

se refleja para cada finca en los planos parcelarios

de expropiación. En esta zona se hará desaparecer,

temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las

obras necesarias para el tendido e instalación de

la canalización y elementos anexos, ejecutando los

trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

Tres. Para el paso de los cables de líneas,

equipos de telecomunicación y elementos dispersores

de protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso en una franja de terreno de un metro de ancho,

por donde discurrirán enterrados los cables de

conexión. Para los lechos dispersores de la

protección catódica, la franja de terreno donde se

establece la imposición de servidumbre permanente de

paso tendrá como ancho el de la instalación más

un metro a cada lado. Estas franjas estarán sujetas

a las siguientes limitaciones:

Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50 centímetros,

plantar árboles o arbustos y de realizar cualquier

tipo de obras, construcción o edificación a una

distancia inferior a un metro y medio (1,5), a cada

lado del cable de conexión o del límite de la

instalación enterrada de los lechos dispersores,

pudiendo ejercer el derecho a talar o arrancar los árboles

o arbustos que hubiera a distancia inferior a la

indicada.

Libre acceso del personal y elementos necesarios

para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las

instalaciones con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

B) Ocupación temporal, como necesidad

derivada de la ejecución de las obras, de la zona que

se refleja para cada finca en los planos parcelarios

de expropiación y en la que se hará desaparecer

todo obstáculo, así como realizar las obras

necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones

y elementos anexos, ejecutando las obras u

operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los propietarios de terrenos y

demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya

relación se inserta al final de este anuncio, para

que pueda ser examinado el expediente en esta

Dirección General de Industria, sita en la calle

Castelar, número 1, 39004 Santander, así como los

planos parcelarios en los Ayuntamientos

respectivos, y presentar por triplicado en esta Dirección

General las alegaciones que consideren oportunas

en el plazo de veinte días a partir del siguiente

al de la inserción de este anuncio.

Santander, 18 de enero de 2001.-El Director

general de Industria, Pedro Obregón Cagigas.-5.271.

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados

Proyecto: Suministro al polígono industrial Requejada

Término municipal: Polanco

Afección Catastro

Finca número Titular y domicilio

LM

OT

-m2 Políg. Parcela

Naturaleza

S-PO-1 Germán Gómez Pila. B.o Mar, 7, 39312 Polanco (Cantabria). 42 336 4 183 Pradera.

S-PO-2 Ayuntamiento. B.o La Iglesia, R-29, 39312 Polanco (Cantabria). 3 80 Camino.

S-PO-3 Valentín Fuentevilla Herrera. B.o El Hondal, B-1, 39313 Polanco (Cantabria). 41 438 4 169 Pradera.

S-PO-4 Justo Ceballos Fernández. Requejada, B-17, 39312 Polanco (Cantabria). 0 80 4 170 Pradera.

S-PO-5 Ministerio de Fomento. Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria.

Calle Vargas, 53, 9.o, 39071 Santander.

62 84 Autovía.

S-PO-6 Ayuntamiento. B.o La Iglesia, R-29, 39312 Polanco (Cantabria). 3 42 Camino.

S-PO-7 Germán Gómez Pila. B.o Mar, 7, 39312 Polanco (Cantabria). 19 130 4 167 Pradera.

S-PO-8 "Solvay Química, Sociedad Limitada". Apto. de Correos, número 2, 39300

Torrelavega (Cantabria).

7 60 4 166 Pradera.

S-PO-9 Ayuntamiento. B.o La Iglesia, R-29, 39312 Polanco (Cantabria). 198 792 Camino.

S-PO-10 Julia Ruiz Gorostiaga. B.o El Cruce, 3, 39312 Polanco (Cantabria). 0 256 4 6 Pradera.

S-PO-11 Ministerio de Fomento. Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria.

Calle Vargas, 53, 9.o, 39071 Santander.

14 0 Carretera.

S-PO-12 "Rocacero, Sociedad Anónima". Avda. Palencia, 5, 39300 Campuzano.

Torrelavega (Cantabria).

20 294 7552905 Suelo urbano

(pradera).

S-PO-13 Ricardo Otero Fernández. Mar A-6, 39312 Polanco (Cantabria). 16 80 7552906 Suelo urbano

(pradera).

S-PO-14 Ministerio de Fomento. Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria.

Calle Vargas, 53, 9.o, 39071 Santander.

228 2.360 7552908 Suelo urbano

(pradera).

S-PO-15 FEVE. Oficina de proyectos. Pza. Las Estaciones, s/n, 39002 Santander. 27 0 Ferrocarril.

S-PO-16 Ayuntamiento. B.o La Iglesia, R-29, 39312 Polanco (Cantabria). 4 56 Camino.

S-PO-17 Dirección General de Carreteras, Vías y Obras del Gobierno de Cantabria. Juan

de Herrera, 14, 2.o, 39002 Santander.

150 1.016 Carretera.

S-PO-18 "Solvay Química, Sociedad Limitada". Apto. de Correos, número 2, 39300

Torrelavega (Cantabria).

5 210 7557916 Suelo urbano

(pradera).

Instalaciones auxiliares

Término municipal: Polanco

Afección Catastro

Finca número Titular y domicilio

LM

OT

-m2

Exp.

-m2 Políg. Parcela

Naturaleza

S-PO-18-PO "Solvay Química, Sociedad Limitada". Apto. de Correos, número 2, 39300

Torrelavega (Cantabria).

0 0 4 7557916 Suelo urbano (pradera).

Abreviaturas utilizadas: PO = Posición.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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