Antecedentes de hecho
Primero.-Con fecha de 18 de agosto de 2000,
el ilustrísimo señor Director general de Industria,
Energía y Minas resolvió convocar concurso público
de registros mineros caducados cuyos terrenos han
quedado francos dentro de la Comunidad de
Madrid. La citada Resolución fue publicada el 27
de septiembre en el "Boletín Oficial del Estado".
Segundo.-Con fecha 30 de octubre de 2000, se
llevó a cabo la realización de la primera reunión
de la Mesa del concurso público minero, así como
la apertura de plicas. A partir de ese momento,
se inicia el cómputo del plazo de resolución del
presente procedimiento, que es de tres meses.
Tercero.-Posteriormente, y como consecuencia
de la inclusión en el citado anexo de determinados
registros mineros que se correspondían a un
expediente diferente, y de conformidad con lo establecido
en el artículo 105, apartado 2.o, de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero, con fecha de 13 de
octubre de 2000 y 21 de octubre del mismo año,
se publica en el "Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Estado",
respectivamente, Resolución de esta Dirección
General por la que se procede a la rectificación
de la Resolución de 18 de agosto de 2000.
Fundamentos jurídicos
Primero.-Es competente la Dirección General de
Industria, Energía y Minas, de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 1860/1984, de
18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios
de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto
312/1999, de 28 de octubre, de Estructura Orgánica
de la Consejería de Economía y Empleo.
Segundo.-De conformidad con lo establecido en
el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero, la Administración podrá, antes del
vencimiento del plazo de que se trate, conceder de oficio
una ampliación del plazo establecido, que no exceda
de la mitad de los mismos, si las circunstancias
lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos
de terceros.
En base a lo expuesto anteriormente, esta
Dirección General acuerda:
Ampliar por un mes y medio el plazo de resolución
del concurso público de registros mineros caducados
cuyos terrenos han quedado francos dentro de la
Comunidad de Madrid, por aconsejarlo las
circunstancias que se han dado a lo largo de este
procedimiento de libre concurrencia y por entender
que con ello no se perjudican derechos de tercero.
La presente Resolución no es susceptible de
recurso alguno.
Madrid, 25 de enero de 2001.-El Director general
de Industria, Energía y Minas, Carlos López
Jimeno.-5.371.
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