Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, hace público:
Primero.-Que mediante Resolución de 20 de
septiembre de 2001 (expediente 3-155/2001) se
desestimó el recurso de reposición interpuesto por
"Productos Lácteos de Cantabria, Sociedad Limitada",
contra la liquidación número 177 del período
1999-2000 de tasa suplementaria en el sector de
la leche y de los productos lácteos.
Segundo.-Contra la citada Resolución puede
interponerse reclamación económico-administrativa
ante el Tribunal Económico-Administrativo Central,
en el plazo de quince días hábiles, a contar desde
el siguiente al de la notificación.
Lo que se hace público en sustitución de la
notificación directa al interesado, quien podrá dirigirse
a las oficinas del FEGA en Madrid, calle de
Beneficiencia, número 8, para conocer el texto íntegro
del acto y demás documentos incorporados al
expediente.
Madrid, 14 de noviembre de 2001.-La Presidenta,
Elena de Mingo Bolde.-60.983.
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