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Documento BOE-B-2001-63105

Resolución de la Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) por la que se anuncia la convocatoria para la acreditación de empresas o entidades colaboradoras en el Programa de Ayudas para el Apoyo a la Energía Solar Térmica dentro del Plan de Fomento de las Energías Renovables, correspondiente al año 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2001, páginas 3328 a 3328 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-B-2001-63105

TEXTO

En ejecución del acuerdo adoptado por el Consejo

de Administración del Instituto para la

Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), en su reunión

número 61, de fecha 29 de enero de 2001, y en

el marco del Plan de Fomento de las Energías

Renovables, aprobado por acuerdo del Consejo de

Ministros de fecha 30 de diciembre de 1999, la Dirección

General de este Instituto ha dictado resolución por

la que se acuerda:

A) Proceder a la convocatoria, para la

presentación de solicitudes de acreditación de empresas

colaboradoras, en el programa de ayudas para el

apoyo a proyectos de inversión en instalaciones de

energía solar térmica de baja temperatura para el

presente año 2001.

B) La publicación de dicha convocatoria y

extracto de sus bases reguladoras en el "Boletín

Oficial del Estado".

El proceso de acreditación de empresas

colaboradoras se llevará a cabo en base a los siguientes

puntos:

1. Entidad convocante:

a) Organismo: Instituto para la Diversificación

y Ahorro de la Energía (IDAE).

b) Dependencia que tramita el expediente:

Departamento de Gestión de Ayudas Públicas.

c) Dirección: Paseo de la Castellana, 95,

planta 21 (28046 Madrid). Teléfono: 91 456 49 00.

Fax: 91 555 13 89.

d) Expediente: F.91.014.5645.

2. Objeto de la convocatoria: Acreditación de

empresas fabricantes, instaladoras o proveedoras de

bienes y servicios en el sector de la energía solar

térmica, para la colaboración con IDAE en la

difusión, tramitación, distribución y aplicación de las

ayudas a inversión, en proyectos de energía solar

térmica, que IDAE convocará para el ejercicio 2001,

dentro del Plan de Fomento de las Energías

Renovables.

3. Destino, cuantía y aplicación de las ayudas:

a) Las ayudas irán destinadas a la financiación

de inversiones en proyectos de aprovechamiento

térmico, a baja temperatura, de la energía solar en

cualquier sector con demanda energética de este

tipo.

b) Las ayudas podrán alcanzar, con carácter

general, la cuantía máxima, de 35.000 pesetas por

metro cuadrado de superficie útil de captación

instalada, pudiendo incrementarse este valor en el caso

de instalaciones compactas y/o de alto rendimiento.

c) La ejecución de las instalaciones deberá ser

desarrollada por una empresa acreditada por IDAE

(entidad colaboradora), quien además deberá

garantizar las instalaciones y realizar el mantenimiento

de las mismas.

d) Los usuarios se beneficiarán de las ayudas a

través de una disminución en el importe a abonar

a la empresa acreditada (entidad colaboradora) que

ejecute la instalación y una mayor garantía técnica

de la misma.

e) La cuantía asignada como ayuda por IDAE

será abonada directamente a la empresa acreditada

que realice la instalación, una vez certificada la

instalación.

f) Las ayudas serán destinadas a proyectos que

inicien su ejecución entre el 1 de enero y el 31

de diciembre de 2001 y exista compromiso firme

de ejecución en un plazo no superior a diez meses.

g) El ámbito territorial de los proyectos

susceptibles de ayuda al amparo del programa será todo

el territorio nacional.

h) Para la evaluación de los proyectos y

cuantificación de las ayudas se aplicarán los siguientes

criterios:

Producción teórica de la instalación.

Integración, demostración e innovación.

Garantía del colector y la instalación completa

y mantenimiento.

Características técnicas de la instalación.

Minimización de costes y rentabilidad del

proyecto.

El interés socio-económico del proyecto.

Reducción del alcance del proyecto respecto a

lo que se considera una instalación completa.

4. Presupuesto: El presupuesto máximo

habilitado por IDAE para atender a las necesidades del

programa de ayudas asciende a 1.000 millones de

pesetas, con cargo al código de referencia

número 5645.01.2001.

5. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo

máximo para la presentación de propuestas de

acreditación concluye el 30 de mayo de 2001.

Junto con la convocatoria de las bases de las

ayudas se publicará una relación de las empresas

acreditadas a esa fecha, para lo cual se deberá haber

presentado la propuesta con antelación al 30 de

marzo de 2001 y haber resultado acreditada. Las

empresas que resulten acreditadas con

posterioridad a la publicación de la convocatoria se

incorporarán a una relación actualizada, a disposición

pública en el registro central de IDAE, y en la web

del instituto.

6. Requisitos y procedimiento de acreditación:

Los requisitos exigidos (capacidad administrativa,

económico-financiera y técnica), documentación a

presentar y procedimiento a seguir para la

acreditación de empresas colaboradoras en el programa

de ayudas, quedan reflejados en las bases de la

convocatoria que forma parte de la documentación a

retirar por los interesados.

7. Criterios para la acreditación de empresas:

Serán criterios para la selección de las empresas

acreditadas los siguientes:

Acreditar capacidad para contratar, solvencia

económico-financiera y capacidad técnica suficiente

para la realización de proyectos llave en mano.

Tener concertada póliza de seguros de

responsabilidad civil.

Presentación de oferta técnica y económica de

acuerdo a criterios establecidos en la convocatoria,

para la ejecución de instalaciones y su

mantenimiento.

Aceptación del pliego de especificaciones técnicas.

Condiciones de mantenimiento ofrecidas.

Haber cumplido con las obligaciones contraídas

como empresa colaboradora en pasadas

convocatorias.

8. Obtención de documentación e información:

La documentación de la presente convocatoria estará

disponible para todos los interesados, en las oficinas

de IDAE, paseo de la Castellana, 95, planta 21

(28046 Madrid). Para información y consultas en

las propias oficinas, de lunes a viernes, en horario

de nueve a catorce horas y de dieciséis a diecisiete

quince horas, teléfono 91 456 49 00, fax 91 555

13 89, dirección de internet: www.idae.es.

9. Plazo para retirada de documentación: La

documentación a retirar por los interesados en

presentar solicitud de participación estará disponible

hasta el día 11 de mayo de 2001.

10. Documentación a presentar y demás

condiciones: Los requisitos específicos, documentación

a presentar y demás condiciones a cumplir están

referidos en la documentación a retirar por los

interesados.

11. Instrucción: El órgano instructor del

procedimiento será una Comisión integrada por los

responsables de las distintas direcciones funcionales

de IDAE.

12. Resolución:

a) Será competencia exclusiva de la Dirección

General de IDAE dictar la resolución

correspondiente que ponga fin al procedimiento.

b) El plazo máximo para la resolución del

procedimiento será de sesenta días. Dicho plazo se

computará a partir de la fecha de recepción en IDAE

de la documentación completa de la solicitud.

c) Contra dicha resolución cabrán los recursos

previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente resolución, que pone fin a la

vía administrativa, podrá interponerse recurso

potestativo de reposición ante el Consejo de

Administración de este instituto, en el plazo de un mes

a contar desde el día siguiente al de la publicación

de la misma en el "Boletín Oficial del Estado", o

ser impugnada directamente ante el orden

jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses a contar desde el día siguiente al de

la publicación de la presente en el "Boletín Oficial

del Estado" o, en su caso, desde el día siguiente

a aquel en que se notifique la resolución expresa

del recurso potestativo de reposición o en que éste

deba de entenderse presuntamente desestimado.

Madrid, 12 de marzo de 2001.-La Directora

general, María Isabel Monreal Palomino.-11.721.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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