Al no haberse podido practicar la notificación
personal a Cándida Bermejo Palomino, con número
de identificación fiscal 11.421.529-M; Graciela
Jordán Palacios, con número de identificación fiscal
48.890.566-H; Eduardo Puyana Caballero, con
número de identificación fiscal 52.315.532-P;
Raquel Díaz Toledo, con número de identificación
fiscal 48.970.178-G, y María Jesús Rubio Martínez,
con número de identificación fiscal 22.625.523-D,
conforme dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su redacción dada por
la Ley 4/1999, a efectos de notificación al
interesado, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo
artículo y en el segundo párrafo del artículo 60.2
de la Ley 30/1992, debe publicarse como
encabezamiento y parte dispositiva de las resoluciones
el siguiente extracto:
"El Secretario general de Educación y Formación
Profesional ha resuelto la estimación de la solicitud
de revocación interpuesta por Cándida Bermejo
Palomino por una cuantía total de 109.000 pesetas."
"El Secretario general de Educación y Formación
Profesional ha resuelto la estimación de la solicitud
de revocación interpuesta por Graciela Jordán
Palacios por una cuantía total de 19.000 pesetas."
"La Dirección General de Formación Profesional
y Promoción Educativa ha resuelto la estimación
de la solicitud de revocación interpuesta por
Eduardo Puyana Caballero por una cuantía total de
210.000 pesetas."
"La Dirección General de Cooperación Territorial
y Alta Inspección ha resuelto la estimación de la
solicitud de revocación interpuesta por Raquel Díaz
Toledo por una cuantía total de 16.000 pesetas."
"La Dirección General de Cooperación Territorial
y Alta Inspección ha resuelto la estimación de la
solicitud de revocación interpuesta por María Jesús
Rubio Martínez por una cuantía total de 115.000
pesetas."
Todos ellos correspondientes a la convocatoria
de becas y ayudas al estudio para el curso académico
1997-1998.
Los expedientes se encuentran a disposición de
los interesados en la Subdirección General de Becas
y Promoción Educativa (Servicio de Reclamaciones,
Verificación y Control, teléfono 91 408 20 00, calle
Torrelaguna, 58, 28027 Madrid).
Esta resolución es definitiva en la vía
administrativa y contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el
artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha
de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 6 de marzo de 2001.-El Director general
de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Juan
Ángel España Talón.-&11.555.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid