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Documento BOE-B-2001-76079

Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central sobre el expediente R. G. 3834-98 y R. S. 539-99.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 29 de marzo de 2001, páginas 4002 a 4002 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2001-76079

TEXTO

Desconociéndose el actual domicilio de "Sociedad

Cooperativa Andaluza Marbella Independiente I"

por no hallársele en calle Boix y Moret, 6, octavo,

28003 Madrid, que había designado, se le hace saber

por el presente edicto que por este Tribunal

Económico-Administrativo Central y en el expediente

R. G. 3834-98 y R. S. 539-99, seguido a su

instancia por el Impuesto sobre el Valor Añadido, se

ha dictado resolución en la sesión de Sala de 7

de febrero de 2001, cuya parte dispositiva dice lo

siguiente:

"El Tribunal Económico-Administrativo Central,

en Sala, en recurso ordinario de alzada que pende

de resolución ante este Tribunal Central, en Sala,

interpuesto por ``Sociedad Cooperativa Andaluza

Marbella Independiente I'', contra resolución del

Tribunal Económico-Administrativo Regional de

Andalucía, dictada en los expedientes 594/96 y

3350/96, acumulados, de 29 de abril de 1998,

relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido de 1994

y cuantía de 111.778.695 pesetas, acuerda: Estimar

parcialmente el presente recurso, anulando la

liquidación controvertida en cuanto a las cuotas

correspondientes a los pagos anticipados percibidos en

la adjudicación de viviendas, sustituyéndola por otra

en la que, previa comprobación efectuada por los

órganos de inspección, se tengan en cuenta las

consideraciones expuestas en el fundamento cuarto de

la presente resolución tanto en la cuota como su

incidencia en la sanción, confirmando la liquidación

en todo lo demás."

Lo que notifico reglamentariamente a usted,

advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía

económico-administrativa puede interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente

a la fecha de este edicto.

Madrid, 7 de marzo de 2001.-Alejandro Rebollo

Álvarez-Amandi.-13.331.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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