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Documento BOE-B-2001-80084

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre expropiación forzosa para la realización de las obras regulación del sifón del Odiel. Términos municipales de Aljaraque y Gibraleón (Huelva).

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2001, páginas 4163 a 4163 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2001-80084

TEXTO

El Real Decreto-ley 9/1998, de 28 de agosto,

declaró de interés general para la nación la obra

de referencia, declaración que lleva implícita la

utilidad pública y la urgencia de las expropiaciones

necesarias para su realización, de acuerdo con lo

previsto por la vigente Ley de Expropiación Forzosa

de 16 de diciembre de 1954.

En cumplimiento de lo preceptuado en los

artículos 52 de la citada Ley y el 56 de su Reglamento,

se convoca a los propietarios para el levantamiento

de las correspondientes actas previas de ocupación,

que tendrá lugar, de acuerdo con los turnos

establecidos, y que se publicarán en los tablones de

edictos de los Ayuntamientos afectados, el día 9

de abril, a las diez treinta horas, en el Ayuntamiento

de Aljaraque (Huelva); a las doce treinta horas, en

el Ayuntamiento de Gibraleón (Huelva).

No obstante lo anterior, si algún afectado así lo

solicita, el citado levantamiento se producirá en los

propios terrenos a expropiar.

A dicho acto podrán asistir los afectados

personalmente, o bien representados por una persona

debidamente autorizada para actuar en su nombre.

Aportarán la documentación acreditativa de la

titularidad de los bienes objeto de expropiación

(certificado del Registro de la Propiedad, escritura

pública o fotocopias compulsadas de esos documentos,

así como los recibos del IBI de los últimos dos

años, o fotocopias compulsadas de los mismos).

Los afectados pueden hacerse acompañar a su costa

de Perito y Notario, si lo estiman oportuno.

Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley

de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957,

las personas que se consideren afectadas podrán

formular, por escrito, ante esta Confederación, hasta

el momento del levantamiento de las actas previas

a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de

subsanar posibles errores que se hayan podido

producir al relacionar los bienes afectados.

La relación de propietarios afectados se encuentra

expuesta en los tablones de edictos de los

Ayuntamientos citados.

Badajoz, 16 de marzo de 2001.-El Secretario

general, Diego de la Cruz Otero.-&14.036.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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