El Real Decreto-Ley 6/1994, de 27 de mayo, por
el que se adoptan medidas urgentes para reparar
los efectos producidos por la sequía, declara de
interés general la ordenación hidraúlica del Tinto, Odiel
y Huelva, y por acuerdo del Consejo de Ministros
de 4 de agosto de 1995 la urgencia, a los efectos
de aplicación del procedimiento regulado por el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de
16 de diciembre de 1954, de la obra de
"circunvalación hídrica de Huelva", todo ello al amparo
de lo previsto en el artículo 56 de la Ley de Aguas
29/1985, de 2 de agosto, modificado por la Ley
46/1991, de 13 de diciembre,
En cumplimiento de lo preceptuado en los
artículos 52 de la citada Ley y el 56 de su Reglamento,
se convoca a los propietarios para el levantamiento
de las correspondientes actas previas de ocupación,
que tendrá lugar, de acuerdo con los turnos
establecidos y que se publicarán en los tablones de
edictos de los Ayuntamientos afectados, los
próximos días 10 de abril de 2001, a las diez horas
treinta minutos, en el Ayuntamiento de Moguer
(Huelva) y 11 de abril de 2001, a las diez horas
treinta minutos, en el Ayuntamiento de palos de
la Frontera (Huelva). No obstante lo anterior, si
algún afectado así lo solicita, el citado levantamiento
se producirá en los propios terrenos a expropiar.
A dicho acto podrán asistir los afectados
personalmente, o bien representados por una persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre.
aportarán la documentación acreditativa de la
titularidad de los bienes objeto de expropiación
(certificado del Registro de la Propiedad, escritura
pública o fotocopias compulsadas de esos documentos,
así como los recibos del IBI de los dos últimos
años, o fotocopias compulsadas de los mismos).
Los afectados pueden hacerse acompañar a su costa
de Perito y Notario, si lo estiman oportuno.
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley
de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957,
las personas que se consideren afectadas podrán
formular, por escrito, ante esta Confederación, hasta
el momento del levantamiento de las actas previas
a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de
subsanar posibles errores que se hayan podido
producir al relacionar los bienes afectados.
La relación de propietarios afectados se encuentra
expuesta en los tablones de edictos de los
Ayuntamientos citados.
Badajoz, 16 de marzo de 2001.-El Secretario
general, Diego de la Cruz Otero.-14.038.
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