Desconociéndose el actual domicilio de "Cast
Tecnología Avanzada, Sociedad Limitada", por no
hallársele en carretera de Torrequebradilla, sin
número, edificio Ateneo, 23009 Jaén, que había
designado, se le hace saber por el presente edicto
que por este Tribunal
Económico-Administrativo Central y en el expediente R. G. 9701-98
y R. S. 531-99, seguido a instancia del Director
del Departamento de Inspección Financiera y
Tributaria de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, por el Impuesto sobre el Valor Añadido,
se ha dictado resolución, en la sesión de Sala del
día 21 de febrero de 2001, cuya parte dispositiva
dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso ordinario de alzada interpuesto
por el Director del Departamento de Inspección
Financiera y Tributaria de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, contra resolución del
Tribunal Económico-Administrativo Regional de
Andalucía número 23/1519/97, de 25 de septiembre
de 1998, relativa la entidad "Cast Tecnología
Avanzada, Sociedad Limitada", por el Impuesto sobre
el Valor Añadido de los años 1993 y 1994 y de
cuantía de 18.998 pesetas, acuerda estimar el
presente recurso anulando la resolución recurrida y
confirmando la liquidación impugnada."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 30 de marzo de 2001.-Alejandro Rebollo
Álvarez-Amandi.-16.182.
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