Se comunica a los partícipes del fondo de
inversión "Fondo Levante, F.I.M.", que "Bz Gestión,
Sociedad Anónima, S.G.I.I.C.", como entidad
gestora, y "Banco Zaragozano, Sociedad Anónima",
como depositario, han acordado modificar
determinados aspectos del referido fondo; entre otros,
se va a proceder a modificar su Reglamento de
Gestión, mediante un texto refundido, al objeto de,
entre otros, adaptar las comisiones máximas de
gestión y depositario a la normativa vigente y acogerse
al régimen de Fondo de Inversión Mobiliaria de
Fondos (F.I.M.F.), y, como consecuencia de ello,
modificar su denominación a "Fondo Levante,
F.I.M.F.". Tales modificaciones han sido
debidamente autorizadas por el Ministerio de Economía
con fecha 5 de abril de 2002.
Asimismo, se va a modificar el régimen de
comisiones de la siguiente forma:
Comisión de reembolso: 4 por 100 sobre el
importe reembolsado para aquellos reembolsos de
participaciones cuya permanencia en el fondo no
haya sido superior a los treinta días. A partir de
los treinta y un días de antigüedad: Exento.
Comisión de suscripción: 0 por 100.
Comisión de gestión: Será de un 0,85 por 100
anual de comisión de gestión calculada en función
del patrimonio efectivo del fondo. El porcentaje
anual máximo que directa o indirectamente podrá
soportar este fondo de fondos en concepto de
comisión de gestión y gastos asimilables será del 3
por 100.
Comisión de depositario: Será de un 0 por 100
anual. El porcentaje anual máximo sobre patrimonio
efectivo que directa o indirectamente podrá soportar
este fondo de fondos en concepto de comisión de
depositario y gastos asimilables será del 0,50
por 100.
Por otro lado, dado que el fondo invertirá en
otras instituciones de inversión colectiva, el fondo
soportará, además de los gastos directos, los gastos
adicionales derivados de estas inversiones sobre los
cuales se informará en los correspondientes
informes trimestrales.
El establecimiento de la comisión de reembolso
y las demás modificaciones señaladas otorga a los
partícipes un derecho de separación en los términos
del artículo 35.2 del Reglamento de Instituciones
de Inversión Colectiva.
Los partícipes podrán optar, en el plazo de un
mes desde la remisión de las comunicaciones o
desde la fecha de publicación de este anuncio, si ésta
fuera posterior, por el reembolso de sus
participaciones sin deducción de comisión, ni gasto alguno,
por un valor liquidativo que corresponda a la fecha
de la inscripción de la correspondiente modificación
en los Registros de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores.
Madrid, 24 de abril de 2002.-El Director
general de B.Z. Gestión, Sociedad Anónima,
S.G.I.I.C.".-16.582.
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