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Documento BOE-B-2002-103149

FONDO DE INVERSIÓN PASTOR FIJO 4, FIM

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2002, páginas 3526 a 3527 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2002-103149

TEXTO

El próximo 7 de mayo de 2002 finaliza el período

de garantía del fondo de inversión Pastor Fijo 4,

FIM, del que usted es primer titular.

Como sabe, la garantía de este fondo le aseguraba

una revalorización del 7 por 100 del valor de sus

participaciones del día 7 de noviembre de 2000,

siempre que se mantuviesen hasta el día 7 de mayo

de 2002, rentabilidad que, a la vista de la evolución

del fondo, se va a alcanzar a dicha fecha.

Para que pueda seguir disfrutando de una

rentabilidad asegurada, "Gespastor, Sociedad

Anónima", SGIIC, en colaboración con "Banco Pastor,

Sociedad Anónima", le ofrece la posibilidad de

mantener su inversión en este fondo disfrutando de una

nueva garantía.

Las principales características de esta nueva

garantía, a la que usted podrá acogerse sin coste

alguno, son:

Período de garantía: Entre el 12 de junio de 2002

y el 30 de enero de 2004.

Condiciones: Banco Pastor garantizará, por

escrito, a todos aquellos que sean partícipes del fondo

a 12 de junio, una revalorización de un 5,50 por 100

(TAE 3,33 por 100) del valor de sus participaciones

entre dicha fecha y el 30 de enero de 2004 inclusive,

siempre que mantengan sus participaciones hasta

esta última fecha. La garantía tiene un límite de

58 millones de euros, ampliables, a decisión del

Banco Pastor, hasta los 65 millones de euros, por

lo que no afectará a aquellas participaciones que,

habiendo sido suscritas antes del 13 de junio de

2002, lo hubiesen sido cuando el patrimonio del

fondo superaba el límite de la garantía que

definitivamente se establezca en el folleto explicativo.

Límite de la garantía: Entre 58 y 65 millones

de euros.

Para acogerse a esta nueva garantía no es

necesario ningún trámite, la renovación es automática.

Y, si lo desea, podrá suscribir participaciones

adicionales de este fondo, sin ningún coste, entre el

8 de mayo de 2002 y el 12 de junio de 2002,

hasta que se alcance el límite garantizado.

En caso de no estar interesado en esta nueva

garantía, usted podrá reembolsar sus participaciones

entre el 8 de mayo de 2002 y el 12 de junio de

2002, sin que se le aplique ningún tipo de comisión

de reembolso.

La comisión de gestión, actualmente fijada en

el 0,40 por 100 del patrimonio del fondo, se

establece en el 0,45 por 100. Previsiblemente, esta

comisión se modificará a la baja, una vez dé comienzo

el nuevo período de suscripción.

La comisión de depósito, actualmente fijada en

el 0,10 por 100 del patrimonio del fondo, se

establece en el 0,15 por 100. Previsiblemente, esta

comisión se modificará a la baja, una vez dé comienzo

el nuevo período de suscripción.

La comisión de suscripción para las

participaciones suscritas a partir del 12 de junio de 2002,

o antes del 13 de junio de 2002, si el patrimonio

del fondo hubiese excedido el límite fijado para la

garantía, se establece en el 5 por 100 del importe

suscrito.

La comisión de reembolso para las

participaciones reembolsadas a partir del 12 de junio de 2002,

se establece en el 5 por 100 del importe

reembolsado.

Le informamos que esta modificación genera a

favor de los partícipes, de conformidad con la actual

normativa, el derecho de separación en los términos

del artículo 35.2 del Real Decreto 1393/1990, en

virtud del cual se da la posibilidad, en el pazo de

un mes desde la fecha de la publicación del anuncio

correspondiente en el "Boletín Oficial del Estado",

o desde la remisión de la presente comunicación

si fuera posterior, de reembolsar las participaciones

sin deducción de comisión de reembolso ni gasto

alguno, al valor liquidativo de la fecha en que queden

inscritas las modificaciones en los Registros de la

Comisión Nacional del Mercado de Valores, que

coincidirá con la entrada en vigor de las mismas.

El ejercicio de este derecho deberá comunicarse

por escrito a Gespastor, dentro del plazo establecido.

Madrid, 26 de abril de 2002.-El Director

general.-16.610.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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