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Documento BOE-B-2002-134064

Resolución del Departamento de Industria Comercio y Turismo de la Delegación Territorial a Lleida, ICT/2002, de 8 de abril, de autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de una instalación eléctrica (expediente 00050602/01; referencia A-8791-RL).

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2002, páginas 4477 a 4478 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2002-134064

TEXTO

La empresa "Fecsa-Enher I, Sociedad Anónima",

con domicilio social en la avenida Paralel, 51, de

Barcelona, ha solicitado ante el Departamento de

Industria, Comercio y Turismo la autorización

administrativa, declaración de utilidad pública y

aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica

a 25 kV de unión entre la línea aérea al PT

número 151 y la línea aérea al PT número 80, en el

término municipal de Les Avellanes i Santa Linya

(Noguera).

Durante la tramitación del expediente, la empresa

"Fecsa-Enher I, Sociedad Anónima", ha pasado a

denominarse "Endesa Distribución Eléctrica,

Sociedad Limitada", con domicilio social en la calle

Príncipe de Vergara, 187, de Madrid.

En cumplimiento de los trámites establecidos en

el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de

noviembre, por el que se determinan los procedimientos

administrativos aplicables a las instalaciones

eléctricas; el capítulo 2 del título 7 del Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se

regulan las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de

autorización de instalaciones eléctricas, y el título 9

de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, la solicitud

mencionada se ha sometido a un período de

información pública mediante anuncios publicados en

el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"

número 3.557, de 21 de enero de 2002; en el

"Boletín Oficial del Estado" número 19, de 22 de enero

de 2002, y en el diario "El Segre" de 15 de

enero de 2002.

Paralelamente al trámite de información pública,

y considerando que la empresa "Endesa

Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada", no ha podido

llegar a un acuerdo mutuo con todos los propietarios

afectados por esta instalación, se ha practicado la

notificación individual a cada uno de los afectados

para que puedan alegar la existencia de errores y

formular las alegaciones procedentes en razón de

lo que dispone el artículo 161 del Real

Decreto 1955/2000 mencionado.

Dentro del plazo otorgado, no se ha presentado

ninguna alegación.

De acuerdo con la normativa mencionada, se

solicitó informe a los organismos afectados:

Ayuntamiento de Les Avellanes i Santa Linya, Diputación

de Lleida, "Telefónica de España, Sociedad

Anónima", y Confederación Hidrográfica del Ebro. Se

manifiestan con informe favorable el Ayuntamiento

de Les Avellanes i Santa Linya, Diputación de

Lleida, y "Telefónica de España, Sociedad Anónima",

mientras que la Confederación Hidrográfica del

Ebro plantea inicialmente objeciones sobre la

colocación de un apoyo que no respeta la servidumbre

de paso que establece la Ley de aguas. Trasladadas

las alegaciones a la compañía eléctrica, ésta ha

rectificado su ubicación, lo cual ha sido aceptado por

el mencionado organismo.

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y la

Ley 13/1989, de 14 diciembre, de Organización,

Procedimiento y Régimen Jurídico de la

Administración de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

1. Otorgar a la empresa "Endesa Distribución

Eléctrica, Sociedad Limitada", la autorización

administrativa de la línea eléctrica a 25 kV de unión

entre la línea eléctrica al PT número 151 y la línea

aérea al PT número 80, en el término municipal

de Les Avellanes i Santa Linya.

2. Declarar la utilidad pública de la instalación

eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad

pública lleva implícita la ocupación urgente de los

bienes y derechos afectados que se sometieron a

información pública en el anuncio publicado en el

"Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" de

21 de enero de 2002.

3. Aprobar el proyecto de ejecución de la

instalación eléctrica mencionada, con las características

técnicas siguientes:

Origen: nueva TM número 287 de línea aérea

de 25 kV existente al PT número 151.

Final: TM número 44 existente de la línea aérea

de 25 kV existente al PT número 80.

Longitud: 2,704 kilómetros. Tensión: 25 kV.

Número de circuitos: Uno.

Número y tipo de conductores: Tres de

aluminio-acero, de 110 milímetros cuadrados de sección.

Materiales de los apoyos: Metálicos.

Número de apoyos de amarre: 11.

Número de apoyos de suspensión: Cuatro.

Finalidad: Mejora de la actual infraestructura

eléctrica de la red de distribución en la población de

Les Avellanes i Santa Linya, en la comarca de La

Noguera.

Presupuesto: 56.987,97 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que

dispone la normativa antes mencionada, y también

el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967,

de 22 de julio, sobre régimen de instalación,

ampliación y traslado de industrias, y está sometida a las

condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones se han de realizar de

acuerdo con el proyecto técnico presentado y firmado

por el Ingeniero técnico señor don Ricardo Cabestre

Peiret, visado en fecha 3 de octubre del 2001, con

el número 006258, por el Colegio de Ingenieros

Técnicos Industriales de Lleida, con la modificación

introducida a consecuencia de la alegación

formulada por la Confederación Hidrográfica del Ebro,

que ha servido de base para la tramitación del

expediente, con las variaciones que, si procede, se

soliciten y autoricen.

2. La construcción y el funcionamiento de esta

instalación eléctrica se someten a lo que establece

el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión,

aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de

noviembre; el Reglamento sobre Condiciones

Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales

Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación,

aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de 12

de noviembre, y sus instrucciones técnicas

complementarias aprobadas por la Orden de 18 de octubre

de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de Seguridad

de las Instalaciones Industriales, y el resto de

disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular será la responsable del

uso, la conservación y el mantenimiento de la

instalación, de acuerdo con las condiciones de

seguridad que requiere la normativa vigente.

4. El plazo para la puesta en marcha de la

instalación autorizada será de un año, a contar desde

la fecha de publicación de esta Resolución en el

"Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña".

5. La Delegación Territorial de Industria,

Comercio y Turismo de Lleida podrá hacer las

comprobaciones y las pruebas que considere necesarias

en relación con el cumplimiento de las condiciones

generales y especiales de esta Resolución.

6. Con esta finalidad, el titular de la instalación

comunicará al mencionado órgano administrativo

el inicio de las obras, las incidencias dignas de

mención durante su curso y su finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de

las obras, se adjuntará el certificado de dirección

y finalización de la instalación que acredite que éstas

se ajustan al proyecto aprobado, que se ha dado

cumplimiento a las normas y disposiciones antes

mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas

de las pruebas realizadas.

7. La Administración dejará sin efecto esta

autorización administrativa por las causas que establece

el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de

julio, y, en el caso de incumplimiento por parte

del titular de la instalación, de las condiciones que

se impongan.

En este supuesto, la Administración, previa

instrucción del expediente oportuno, acordará la

anulación de la autorización, con todas las

consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven

según las disposiciones legales vigentes.

8. Esta autorización se otorga sin perjuicio a

terceros y es independiente de las autorizaciones

o licencias de competencia de otros organismos o

entidades públicas necesarias para hacer las obras

y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso de alzada

ante el Director general de Energía y Minas (avenida

Diagonal, 514, segundo, 08006 Barcelona) en el

plazo de un mes, contando desde el día siguiente

de su publicación, de acuerdo con lo que dispone

el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, y según la redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Lleida, 8 de abril de 2002.-Divina Esteve

Quintana, Delegación Territorial de Lleida.-26.005.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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