Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia
y en la Dependencia del Área de Industria y Energía
de la Subdelegación del Gobierno en Alicante, a
instancia de "Iberdrola Distribución Eléctrica,
Sociedad Anónima", con domicilio en Murcia, avenida
de los Pinos, sin número, solicitando la autorización
administrativa de la línea que se cita.
Resultando que sometida la petición a
información pública, de conformidad con lo dispuesto en
el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización de instalaciones eléctricas, normativa que
resulta de aplicación en virtud de lo establecido
en la disposición transitoria primera de la Ley
54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico,
durante el plazo reglamentario no se han presentado
alegaciones ni oposición alguna a la autorización
solicitada.
Vistos los informes favorables emitidos por el
Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Murcia y por la Dependencia del Área
de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Alicante,
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto autorizar a "Iberdrola
Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima", una línea
eléctrica aérea a 20 kV, "Yecla-Jumilla", para
alimentación de un centro de transformación de 50 kVA
en el paraje del Raspay, en Jumilla (Murcia), cuyas
características principales son:
Origen: Línea a 20 kV, propiedad de "Iberdrola
Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima", que
alimenta a un centro de transformación que da servicio
a la pedanía de Raspay, en Yecla (Murcia).
Final: Centro de transformación de 50 kVA, tipo
intemperie, a instalar en el paraje denominado del
Raspay, en Jumilla (Murcia).
Longitud: 980 metros, de los cuales 440
corresponden a la provincia de Murcia y 540 a la de
Alicante.
Términos municipales afectados: Yecla y Jumilla
en la provincia de Murcia y Pinoso en la de Alicante.
Conductores: Aluminio-acero LA-56.
Apoyos: Metálicos.
Aislamiento: Aisladores de vidrio tipo U-70-BS.
Tomas de tierra: Se instalarán tomas de tierra
en todos los apoyos, de forma que la resistencia
de difusión cumpla con lo establecido en el
artículo 26 del Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas
de Alta Tensión.
Seccionadores: Se instalarán seccionadores
unipolares en el primer apoyo después del entronque.
La finalidad de la línea es el suministro de energía
eléctrica a viviendas rurales en el paraje denominado
del Raspay, en Yecla (Murcia).
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la
Pequeña y Mediana Empresa, en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de
la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del
Estado.
Madrid, 26 de abril de 2002.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.-29.638.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid