Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras, de fecha 19 de noviembre de 2001, se aprueba
el Proyecto de construcción antes indicado. Por
Resolución del Consejo de Ministros, de fecha 11
de octubre de 2002, se declara de urgencia la
ocupación de los bienes afectados por la expropiación
forzosa a que dé lugar la construcción de la
mencionada obra. Asimismo, se ordena el inicio del
correspondiente expediente de expropiación el 26
de marzo de 2002. La tramitación de éste se ha
de ajustar, por tanto, al procedimiento de urgencia
previsto en los artículos 52 de la vigente Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954,
y concordantes de su Reglamento, de 26 de abril
de 1957. En consecuencia, esta Demarcación,
haciendo uso de las facultades que le otorga el
artículo 98 de la LEF, y atendiendo a lo señalado en
las reglas segunda y tercera de su artículo 52, ha
resuelto convocar a los propietarios que figuran en
la relación que se hará pública en el "Boletín Oficial
de la Provincia de Córdoba", y que se encuentra
expuesta en el tablón de anuncios de el
Ayuntamiento de Baena, así como en el de esta
Demarcación de Carreteras y en la Unidad de Carreteras
de Córdoba para que asistan al levantamiento de
las Actas Previas a la Ocupación en el
Ayuntamiento, en el día y en la hora que se indican en
dicha relación (anexo que se acompaña).
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en diarios provinciales, y en el
"Boletín Oficial del Estado". Esta última
publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4
de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, servirá como notificación a los posibles
interesados no identificados, a los titulares de bienes
y derechos afectados que sean desconocidos y a
aquellos de los que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad (original y copia de escrituras),
y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de
Peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplados en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la LEF,
para que en el plazo de quince días (que, conforme
establece el artículo 56.2 del Reglamento de
Expropiación Forzosa, podrán prorrogarse hasta el
momento en que se proceda al levantamiento de
las citadas actas previas a la ocupación), los
interesados podrán formular, por escrito, ante esta
Demarcación de Carreteras, avenida de la Palmera,
24-26, 41012 Sevilla, o en la Unidad de Carreteras
de Córdoba, avenida de los Mozárabes, 1, 14071
Córdoba, alegaciones a los solos efectos de subsanar
posibles errores que se hayan producido al relacionar
los bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Sevilla, 22 de octubre de 2002.-El Jefe de la
Demarcación, Pedro C. Rodríguez
Armenteros.-47.819.
ANEXO (ver imágenes páginas 9380 y 9381).
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