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Documento BOE-B-2002-294043

Resolución de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de extinción de títulos habilitantes otorgados a la entidad "Cable Telecom Ibérica CTI, Sociedad Limitada" por desaparición de su personalidad jurídica, y de cancelación de las inscripciones registrales correspondientes.

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 2002, páginas 10427 a 10427 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-B-2002-294043

TEXTO

No habiendo resultado posible la notificación a

la entidad "Cable Telecom Ibérica CTI, Sociedad

Limitada", como interesado en el expediente

número 2002/7838, por causas no imputables a esta

Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones,

se procede, de acuerdo con lo establecido en el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

a notificar por este medio que, con fecha 20 de

noviembre de 2002, el Secretario de la Comisión

del Mercado de las Telecomunicaciones, una vez

comprobado, mediante la oportuna certificación

registral expedida por el Registrador Mercantil de

Barcelona, que la entidad "Cable Telecom Ibérica

CTI, Sociedad Limitada" fue disuelta por Acuerdo

de la Junta general universal de socios celebrada

el 22 de febrero de 2000, y liquidada por Acuerdo

de la Junta general universal de socios celebrada

el 23 de marzo de 2000, ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Declarar extinguidas las autorizaciones

generales otorgadas a la entidad "Cable Telecom

Ibérica CTI, Sociedad Limitada" que a continuación

se detallan:

Autorización General de tipo A, habilitante para

el establecimiento o explotación de redes privadas

para la prestación del servicio telefónico en grupo

cerrado de usuarios.

Autorización General de tipo C, habilitante para

la prestación de servicios de transmisión de datos

disponibles al público.

Segundo.-Que se proceda a la cancelación de

las inscripciones efectuadas en el Registro Especial

de titulares de autorizaciones generales

pertenecientes a la entidad "Cable Telecom Ibérica CTI,

Sociedad Limitada".

Asimismo, se pone de manifiesto que contra la

presente resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse, con carácter

potestativo, recurso de reposición ante esta Comisión

en el plazo de un mes desde el día siguiente al

de su notificación o, directamente, recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso

Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo

de dos meses, a contar desde el día siguiente a

su notificación, de acuerdo con lo establecido en

el artículo 1.ocho de la Ley 12/1997, de 24 de

abril, de Liberalización de las Telecomunicaciones,

la disposición adicional cuarta, apartado 5, de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo

116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y sin

perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo

58 de la misma Ley.

El texto íntegro de la Resolución puede ser

consultado en la sede de la Comisión del Mercado

de las Telecomunicaciones, sita en la calle Alcalá

número 37, de Madrid.

Madrid, 26 de noviembre de 2002.-P. D. del

Consejo de la Comisión del Mercado de las

Telecomunicaciones (Resolución de 18 de diciembre

de 1997, "Boletín Oficial del Estado"de 29 de enero

de 1998), el Secretario del Consejo y de la Comisión

del Mercado de las Telecomunicaciones, José

Giménez Cervantes.-53.006.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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