En fecha 6 de noviembre de 2002, la Dirección
General de Costas del Ministerio de Medio
Ambiente acordó la utilidad pública de la siguiente finca:
Bienes y derechos afectados:
Finca urbana: Porción de terreno que comprende
las parcelas números 59, 60, 61 y 62 del polígono
C de la urbanización "Cala Blanca", sita en el
término municipal de Ciudadela (Menorca), inscrita
en el Registro de la Propiedad de Ciudadela, con
los siguientes datos registrales: Finca urbana, folio
136, tomo 1573, finca 21.198, inscripción 1.a
Aspectos materiales y jurídicos:
Urbana: Porción de terreno de superficie siete
mil quinientos metros cuadrados, que comprende
las parcelas números 59, 60, 61 y 62 del polígono
C de la urbanización "Cala Blanca" de Ciudadela
(Menorca), de conformidad a lo previsto en el
correspondiente proyecto de urbanización. Linda:
Al frente, con la carretera de enlace entre los
polígonos B y C de la urbanización "Cala Blanca" y
con la zona de dominio público entre los mojones
XLI, XLII y XLIII; derecha, entrando y fondo, con
finca de procedencia; y a la izquierda, con la
carretera de enlace entre los polígonos B y C de la
urbanización "Cala Blanca".
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad
de Ciudadela al tomo 1.573, folio 136, finca 21.198,
inscripción 1.a
Propietaria: Inversiones y Turismo Apolo.
Evacuado el trámite previsto en el artículo 18
de la Ley de Expropiación Forzosa, esta Delegación
del Gobierno en Illes Balears acuerda declarar la
necesidad de ocupación de los bienes mencionados,
y en cumplimiento de los artículos 21 y 22 de la
Ley de Expropiación Forzosa se procede a su
publicación.
Contra el presente acuerdo cabe interponer, en
el plazo de un mes, recurso de alzada ante el titular
del Ministerio de Medio Ambiente.
Palma de Mallorca, 5 de diciembre de 2002.-La
Delegada del Gobierno en las Illes Balears, Catalina
Cirer Adrover.-54.230.
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