Visto el expediente tramitado en este Servicio de
Industria y Energía a petición de don Alberto
Ramón Gaitán Rodríguez, en representación de la
empresa de "Alumbrado Eléctrico de Ceuta,
Distribución, Sociedad Anónima", con domicilio en
Ceuta, calle Beatriz de Silva, número 2, solicitando
autorización y declaración, en concreto, de utilidad
pública para el establecimiento de un centro de
transformación y dos líneas eléctricas subterráneas
de 15 kV, y cumplidos los trámites reglamentarios
ordenados en el título VII, capítulo II, Sección
Primera y capítulo V, Sección Segunda, del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimiento de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Este Servicio, en ejercicio de las competencias
asignadas por el Decreto 2502/1996, de 5 de
diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado de la Ciudad de Ceuta
en materia de Industria y Energía, ha resuelto:
Primero.-Autorizar a la empresa de "Alumbrado
Eléctrico de Ceuta, Distribución, Sociedad
Anónima", la instalación de un centro de transformación
y dos línea eléctricas subterráneas de 15 kV, cuyas
características son las siguientes:
a) Lugar donde se van a establecer las
instalaciones: El centro de transformación, que será
denominado "Patio Páramo", irá situado en un local,
a nivel de calle, del conjunto residencial "Patio
Páramo", en la calle Marina Española.
b) Finalidad de las instalaciones: Disponer de
mayor potencia en las zonas próximas al punto de
ubicación del centro de transformación, en orden
a satisfacer el aumento de la demanda de energía
en el sector.
c) Características principales: El centro de
transformación irá intercalado en la línea de 15 kV "C.T.
Puerto Pesquero-C.T. Cruz Roja". Estará dotado de
dos transformadores trifásicos refrigerados por
aceite, con potencia de hasta 630 kVA, cada uno, con
relación de transformación 15.000/420-242 V.
Una de las líneas de instalar tendrá origen en
el centro de transformación "Veinticinco Años de
Paz" y finalizará en el centro de transformación
"Patio Páramo". Estará constituida por tres
conductores de cobre tipo DHVFAZ1, de 150
milímetros cuadrados de sección, entubados, enterrados
en zanja, con una longitud de 290 metros.
Capacidad de transporte: 9.119 kVA. (Intensidad máxima
admisible: 351 A).
La otra línea eléctrica tendrá origen en el centro
de transformación "Linares" y final en el centro
de transformación "Patio Páramo". Estará
constituida por tres conductores de cobre tipo RHVFAZ1
de 70 milímetros cuadrados de sección, entubados,
enterrados en zanja, con una longitud de 160 metros.
Capacidad de transporte: 6.313 kVA (intensidad
máxima admisible: 243 A).
Segundo.-Declarar, en concreto, la utilidad
pública de las instalaciones eléctricas que se autorizan,
a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre
Expropiación Forzosa y sanciones en materia de
instalaciones eléctricas y en el capítulo V del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Contra la presente Resolución, que no agota la
vía administrativa, podrán interponerse por los
interesados los recursos de alzada y potestativo de
reposición, en el plazo de un mes, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Ceuta, 5 de febrero de 2002.-El Jefe del Servicio
de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de
Ceuta, Andrés Carlos Martínez Palacios.-&9.032.
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