D. Carlos Sánchez Laín, Secretario General del
Fondo Español de Garantía Agraria, por sustitución
reglamentaria de la Ilma. Sra. Presidenta de
conformidad con lo establecido en el art. 4.3.a) del
Estatuto del FEGA aprobado por Real Decreto
1441/2001, de 21 de diciembre Hace saber: Que
mediante resolución de 9-7-2003 de la Presidencia
del Organismo, se ha acordado abrir expediente
disciplinario laboral al Trabajador del FEGA, D.
Antonio Pérez Sanz, con D.N.I. n.o 1619640, por la
presunta comisión de una falta muy grave en el
desempeño de sus funciones, por denuncia
formulada contra él por D. Fermín González, Director
de Explotación de la Empresa Soldene, S. A.
Que intentada la notificación del Acuerdo de
Incoación, por los cauces ordinarios sin conseguirlo,
de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a
la publicación del acto en cuestión a través del BOE,
en sustitución de la notificación directa al interesado,
quien podrá dirigirse a nuestras oficinas en la c/
Beneficencia, n.o 8 de Madrid, para conocer el texto
íntegro del mencionado acuerdo, en el que constan
las causas que lo motivan, la tipificación de la
presunta infracción y la regulación jurídica que le sirve
de fundamento.
Madrid, 16 de julio de 2003.-La Presidenta, P.
S. R. Art. 4.3 a) Estatuto FEGA, aprobado por
RD 1441/01, de 21-12-01 B.O.E. 14-1-2002, el
Secretario general, Fdo. Carlos Sánchez
Laín.-35.990.
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