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Documento BOE-B-2003-198078

Anuncio de la Demarcación de Costas correspondiente al deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa: playa de Lourido, Término Municipal de Muxía (A Coruña).

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 2003, páginas 7026 a 7026 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2003-198078

TEXTO

Por orden ministerial de 20 de marzo de 2003

se aprobó el deslinde del tramo de unos dos mil

cuatrocientos cuarenta (2.440) metros de longitud.

La Demarcación de Costas de Galicia, en

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las administraciones públicas y del

procedimiento común, practica las siguientes

notificaciones, para conocimiento y demás efectos, a

aquellos particulares de fincas colindantes con el dominio

público marítimo-terrestre a los que intentada la

notificación, no se ha podido practicar:

Calvo Ramos, José Antonio; Graiño Calo,

Generosa; Graiño Calo, Manuela; López Blanco,

Azucena Estrela (Labañou, sin número-A

Coruña); López Blanco, María (Polígono de

Elviña, 2.a Fase 12, A Coruña); Pazos Montes, María;

Ramos Muñiz, María Fe (Muxía-A Coruña);

Soneira Bello, Eduarda.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real

Decreto 1.471/1.989, de 1 de diciembre, por el que

se aprueba el reglamento general para desarrollo

y ejecución de la Ley de Costas, modificado

parcialmente por el Real Decreto 1.112/1.992, de 18

de septiembre, se les notifica la orden de aprobación

de deslinde, orden ministerial de fecha 20 de marzo

de 2003 esta dirección general, por delegación del

Excelentísima Señora Ministra, y de conformidad

con el servicio jurídico, ha resuelto:

I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio

público marítimo-terrestre del tramo de costa de

unos dos mil cuatrocientos cuarenta (2.440) metros

de longitud, que comprende el arenal de la playa

de Lourido, en el término municipal de Muxía (A

Coruña), según se define en los planos fechados

en enero de 1995 y firmados por el Ingeniero Jefe

de la Demarcación Don Eduardo Toba Blanco, y

por el Jefe de Servicio de Gestión del Dominio

Público, Don Carlos Gil Villar.

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este

Departamento en Galicia que inicie las actuaciones

conducentes a rectificar las situaciones jurídicas

registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar

la correspondiente concesión a aquellos titulares de

terrenos que pudieran acreditar su inclusión en

alguno de los supuestos contemplados en la Disposición

Transitoria Primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente resolución que pone fin a la

vía administrativa los interesados en el expediente

que no sean Administraciones Públicas podrán

interponer con carácter potestativo recurso de reposición

en el plazo de un (1) mes ante la Excelentísima

Señora Ministra de Medio Ambiente o,

directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo

de dos (2) meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos (2) meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio

de poder efectuar el requerimiento previo en la

forma y plazo determinados en el artículo 44 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente

a la práctica de la notificación de la presente

resolución.

A Coruña, 9 de julio de 2003.-El jefe de la

Demarcación de Costas en Galicia, Ricardo Babío

Arcay.-39.145.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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