Mediante Resolución de fecha 17 de abril de 2000,
la Dirección General de Carreteras aprueba el
proyecto arriba indicado y ordena a esta Demarcación
de Carreteras del Estado en Asturias que proceda
a la incoación del expediente de expropiatorio
correspondiente.
Es de aplicación la Disposición Adicional Tercera
de la Ley 19/2001, de 19 de diciembre ("Boletín
Oficial del Estado" n.o 304 de 20 de diciembre),
a cuyo tenor se declara de urgencia la ocupación
de los bienes afectados por las expropiaciones
forzosas a que dé lugar la ejecución de cualquiera de
las obras necesarias para la realización de la Autovía
del Cantábrico. La tramitación del correspondiente
expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto,
al procedimiento de urgencia previsto en los
artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa
de 16 de diciembre de 1954 (LEF) y concordantes
de su Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Jefatura de Demarcación,
haciendo uso de las facultades que le otorga el
artículo 98 de la LEF y atendiendo a lo señalado
en las reglas 2y 3de su artículo 52, ha resuelto
convocar a los propietarios que figuran en las
relaciones que se harán públicas en el "Boletín Oficial
del Principado de Asturias", y que se encuentran
expuestas en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Sariego, así como en el de esta Demarcación
de Carreteras del Estado en Asturias, para que
asistan al levantamiento de las Actas Previas a la
Ocupación en los lugares, fechas y horas que a
continuación se indican:
Lugar: Ayuntamiento de Llanes.
Fecha y hora: Día treinta de septiembre de 2003,
de diez a catorce, y de dieciséis treinta a diecisiete
treinta horas.
Además de en los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en los Diarios "La Nueva
España" y "La Voz de Asturias" y en el "Boletín
Oficial del Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la vigente Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, servirá como notificación a los
posibles interesados que no hayan podido ser
identificados, a los titulares de bienes y derechos
afectados que sean desconocidos, y a aquellos de los
que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de los bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad y el último recibo del Impuesto
de Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar,
a su costa, de Peritos y Notario.
Conforme establece el artículo 56.2 del
Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento
en que se proceda al levantamiento de las citadas
actas previas a la ocupación, los interesados podrán
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras del Estado en Asturias (Plaza de España
número 3, 33071-Oviedo) alegaciones a los solos
efectos de subsanar posibles errores que se hayan
producido al relacionar los bienes afectados por la
urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Oviedo, 26 de agosto de 2003.-El Jefe de la
Demarcación de Carreteras del Estado por
Ausencia, César Fernández-Nespral Pérez.-&41.402.
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