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Documento BOE-B-2003-223065

Resolución de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Almería, expediente número NI/4958-2738, para pasar de aéreo a subterráneo un tramo de línea de Olula con tensión de servicio a 25 kV S/C de entrada, acompañado de proyecto técnico.

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 17 de septiembre de 2003, páginas 7626 a 7627 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2003-223065

TEXTO

Visto el expediente NI/4958-2738, tramitado a

instalación de "Compañía Sevillana de Electricidad,

Sociedad Anónima" (ahora "Endesa Distribución

Eléctrica, Sociedad Limitada"), que con fecha 19

de enero de 2001 solicitó la autorización

administrativa y aprobación para pasar de aéreo a

subterráneo un tramo de la línea de Olula, con tensión

de servicio a 25 kV S/C de entrada, acompañado

de su proyecto técnico, y separata para el

Ayuntamiento de Olula del Río, organismo al que afecta

esta construcción.

Visto que, una vez concedida dicha autorización

tras los trámites requeridos, con fecha 8 de mayo

de 2001 "Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad

Limitada", solicita con fecha 3 de diciembre de 2002

la Declaración en concreto de Utilidad Pública para

dicho proyecto, aportando relación de bienes y

derechos afectados.

Vistos los documentos y antecedentes que obran

en el expediente, se aprecian los siguientes:

Antecendentes de hecho

Primero.-Se ha sometido el expediente a

información pública, tal como establece el artículo 53.2

de la Ley 54/97 del Sector Eléctrico y el artículo

144 de su Reglamento, apareciendo anuncios en:

Boletín Oficial de la Provincia n.o 44 de 6 de

marzo de 2003.

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.o 102

de 30 de mayo de 2003.

Boletín Oficial del Estado n.o 130 de 31 de mayo

de 2003.

Diario "La Voz de Almería" de 18 de junio

de 2003.

Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Olula

del Río, expuesto desde el 20 de febrero de 2003

hasta el 15 de marzo de 2003, que contenían la

relación concreta e individualizada de los bienes

y derechos afectados.

Segundo.-Se ha remitido separata y recabado

informe relativo al expediente al Organismo

afectado: Ayuntamiento de Olula del Río. El cual, no

lo ha aportado, por lo que se dio por aprobado

ante la ausencia de respuesta a la reiteración de

la petición de condicionado e informe.

Tercero.-Durante el período de Información

Pública, no se han formulado alegaciones por parte

de los titulares de los bienes y derechos afectados,

habiendo transcurrido ampliamente el plazo

concedido para ello.

Cuarto.-Con fecha 17 de julio de 2003 se ha

elaborado informe por el Servicio de Industria,

Energía y Minas de esta Delegación Provincial, relativo

a la comprobación del trazado de la línea eléctrica

-con reconocimiento del terreno-, de acuerdo con

las limitaciones contenidas en el artículo 161 de

la Ley 54/97 del Sector Eléctrico.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial es

competente para conocer y en su caso resolver las

cuestiones planteadas en el presente expediente, en

virtud de las atribuciones que tiene conferidas por el

Decreto de la Junta de Andalucía 59/99, puesto

en relación con: la Ley Orgánica 6/81 (Estatuto

de Autonomía) (Boletín Oficial del Estado 9 de

1 de noviembre de 1982); el Real Decreto 1091/81

sobre traspaso de competencias, funciones y

servicios del Estado en materia de Industria y

Energía de la Junta de Andalucía (Boletín Oficial de

la Junta de Andalucía 14 de 15 de julio de 1981);

el Anexo al Real Decreto 4164/82 sobre traspaso

de funciones y servicios del Estado en materia de

Industria, Energía y Minas a la Junta de Andalucía

(Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 24 de

22 de marzo de 1983); la Ley de la Junta de

Andalucía 6/83 del Gobierno y la Administración de

la Comunidad Autónoma de Andalucía (Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía 60 de 29 de julio

de 1983) y el Decreto del Presidente 6/00 sobre

reestructuración de Consejerías (Boletín Oficial de

la Junta de Andalucía 50 de 29 de abril de 2000),

Decreto 244/00 de Estructura Orgánica de la

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico (Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía 66 de 8 de junio

de 2000).

Segundo.-En la instrucción del presente

expediente se ha observado las normas legales vigentes,

en especial la Ley 30/92 de R.J.P.A.C. (Boletín

Oficial del Estado 285 de 27 de noviembre de 1992),

modificada por la Ley 4/99 (Boletín Oficial del

Estado 285 de 27 de noviembre de 1992), así como

la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de noviembre

de 1954 (Boletín Oficial del Estado de 27 de

noviembre de 1954), la Ley 10/66 sobre expropiación

forzosa y sanciones en materia de instalaciones

eléctricas (Boletín Oficial del Estado 67 de 19 de marzo

de 1966), el Decreto 2619/66 (Reglamento que

desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa y

sanciones en materia de instalaciones eléctricas (Boletín

Oficial del Estado 254 de 24 de octubre de 1966)

la Ley 54/97 del Sector Eléctrico (Boletín Oficial

del Estado 285 del 28 de noviembre de 1997) y

el Real Decreto 1955/00 (Reglamento que la

desarrolla) (Boletín Oficial del Estado 310 de 27

de diciembre de 2000) por lo que se refiere al

derecho sustantivo.

Vistos los antecedentes de hecho y los

fundamentos de derecho expresados más arriba, esta

Delegación Provincial resuelve declarar en concreto la

utilidad pública de la instalación cuyas

características principales son las siguientes:

Peticionario: "Endesa Distribución Eléctrica,

Sociedad Limitada".

Finalidad: Pasar de aéreo a subterráneo un tramo

de la línea de Olula, como consecuencia de una

construcción en las proximidades de la línea de

media tensión.

Línea de alta tensión:

Origen: Línea de Media Tensión Olula.

Final: Centro de Distribución Cementerio.

Términos municipales afectados: Olula del Río.

Tipo: Aérea y subterránea trifásica simle circuito.

Longitud total en Km.: 0,144 subterránea y 0,160

aérea.

Tensión de servicio en kV: 25.

Conductores: AL-AC de 54,6 mm2 y AL

de 150 mm2.

Aislamiento: Cadenas aisladores U40BS y

polietileno reticulado.

Apoyos: Metálicos galvanizados.

Presupuesto en euros: 14.140,76.

Dicha declaración lleva implícita la necesidad de

ocupación de los bienes o de adquisición de los

derechos siguientes:

Relación de bienes y derechos

Expediente NI/4958-2738. Datos de la finca:

Propietario: Don Alfonso García Viudez.

Referencia catastral: Polígono 3, Hoja 39,

Parcela 12.

Situación: Huítar Mayor, detrás del Cementerio.

Uso: Labores de regadío.

Afección proyectada a la finca:

Nuevo apoyo tipo FL-54,6-11,5 metros debajo

de línea aérea existente, con una ocupación de

terreno de 1,4 m2.

Nueva arqueta de registro, ocupando 1 m2 de

terreno.

Nueva línea de media tensión subterránea,

ocupando una franja de 7 m2 (14 metros de

longitud ^ 0,5 metros de ancho).

E implica la urgente ocupación a los efectos del

artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, toda

vez que no ha habido alegaciones.

Contra la presente Resolución, que no pone fin

a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso

de Alzada por conducto de esta Delegación

Provincial, ante el Excelentísimo Señor Consejero de

Empleo y Desarrollo Tecnológico dentro del plazo

de un mes contado a partir del siguiente al de su

notificación, de conformidad con lo establecido en

el artículo 114.2 de la Ley 30/92, de 26 de

noviembre de 1992 de R.J.P.A.C., modificada por la

Ley 4/99 de 13 de enero de 2000.

Almería, 22 de julio de 2003.-El Delegado

Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico,

Clemente García Valero.-41.742.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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