Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo previsto en el artículo
23 bis, segundo, de la Ley 46/1984, de 26 de
diciembre, reguladora de las instituciones de Inversión
Colectiva, se hace público:
Que con fecha 20 de mayo de 2003, el Consejo
de Administración de Ahorro Corporación Gestión,
S.G.I.I.C., Sociedad Anónima, como Sociedad
Gestora de los Fondos Ahorro Corporación Divisa,
F.I.M. (Fondo Absorbente) y Ahorro Corporación
Arco Iris, F.I.M. y Ahorro Corporación Materias
Primas, F.I.M. (Fondos Absorbidos), aprovó por
unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de
los mencionados Fondos.
Que con fecha 20 de junio de 2003 el Consejo
de Administración de la Confederación Española
de Cajas de Ahorros, como Entidad Depositaria
de los Fondos Ahorro Corporación Divisa, F.I.M.
(Fondo Absorbente) y Ahorro Corporación Arco
Iris, F.I.M. y Ahorro Corporación Materias Primas,
F.I.M. (Fondos Absorbidos), aprovó por
unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de los
mencionados fondos.
Que con fecha 22 de septiembre de 2003, la
Comisión Nacional del Mercado de Valores autorizó
el Proyecto de Fusión de los citados Fondos
presentado por dichas Entidades, en el que se recoge
la fusión por absorción de Ahorro Corporación
Divisa, F.I.M. (Fondo Absorbente) y Ahorro
Corporación Arco Iris, F.I.M. y Ahorro Corporación
Materias Primas, F.I.M. (Fondos Absorbidos), con
disolución sin liquidación de la Entidad absorbida y
transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos
a la entidad absorbente, sucediendo ésta a título
universal en todos sus derechos y obligaciones a
la absorbida.
Que como consecuencia de lo anterior, y a los
efectos de lo establecido en la legislación vigente
en materia de Instituciones de Inversión Colectiva,
se comunica a los partícipes de los Fondos afectados
el derecho de separación que les asiste, ejercitable
en el plazo de un mes a contar desde la remisión
de la oportuna comunicación individualizada a los
partícipes, sin deducción de comisión de reembolso
ni gasto alguno, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 23 bis, segundo, párrafo 4 de la Ley
46/1984, de 26 de diciembre.
Que asimismo, los acreedores de los Fondos
participantes en la fusión podrán oponerse a la misma
en el plazo de un mes a contar desde la fecha
de remisión de la correspondiente carta a los
partícipes.
Madrid, 25 de septiembre de 2003.-El Secretario
del Consejo de Administración, Maria Isabel Vila
Abellán-García.-43.594.
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