Primero.-Con fecha 4 de abril de 2003, tiene
entrada en el Registro General del ente público
Gestor de Infraestructuras Ferroviarias, escrito remitido
por la Subdelegación del Gobierno de Málaga,
presentado ante esta Administración por varios vecinos
de la Urbanización "El Cano", manifestando los
supuestos daños y perjuicios ocasionados a los
habitantes de la citada urbanización, alegando como
principal motivo de los inconvenientes ocasionados
a los mismos "la utilización del camino limítrofe
a la urbanización, por gran número de camiones
que transitan con el cargamento de las obras de
desmonte, que con motivo del tendido de la línea
férrea del AVE están realizando por esta zona,
conllevando un tráfico pesado y permanente que está
ocasionando grandísimos inconvenientes ... y el
destrozo del camino, que es de terrizo y no está
preparado", trabajos de desmonte derivados de las obras
de construcción del Proyecto de la Línea de Alta
Velocidad Córdoba-Málaga. Tramo: Álora-Cártama.
Subtramo: XVIII (Túnel de Cártama), y en el que
se solicita "una solución urgente y eficaz al problema
que están padeciendo los vecinos de la zona".
Segundo.-Con fecha 3 de julio de 2003, se
procede a dar contestación por parte de esta
Administración a la reclamación planteada por la
Comunidad de Vecinos de la Urbanización "El Cano",
mediante escrito firmado por el Director de la
Unidad Orgánica de Construcción del GIF por
delegación de firma de conformidad con lo estipulado
en la Resolución del Presidente del GIF de fecha
26 de marzo de 2003.
Tercero.-Habiéndose cursado por parte de esta
Administración notificación al respecto sin obtener
constancia de su recepción por el interesado como
consecuencia de ignorarse lugar expreso de
notificación, al no haberse señalado domicilio alguno
en el escrito de solicitud instado ante éste ente
público, tal y como exige el Art. 59.2 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, se
procede a dar traslado de la presente Resolución a
los efectos de su publicación en el Boletín Oficial
del Estado así como su exposición en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento de Cártama, último
domicilio de los reclamantes, tal y como reza el
Art. 59.5 de la LRJ-PAC, como medio de efectuarse
la citada notificación.
Cuarto.-Asimismo, se les requiere para
subsanación y mejora, según dispone el Art. 59.2 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, la identificación de domicilio alguno a
efectos de subsiguientes notificaciones que pudieran ser
cursadas, con el apercibimiento de que de no
verificarse en el plazo de 10 días se les tendría por
decaídos en su derecho procediéndose al archivo
de las actuaciones, según lo previsto en el artículo 71
LRJPAC.
Por todo lo anteriormente expuesto se acuerda,
dar traslado del presente Acuerdo, de conformidad
con lo dispuesto en el Art. 59.5 de la LRJ-PAC,
a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial
del Estado así como su exposición en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento de Cártama durante
un plazo de quince días, último domicilio de los
reclamantes, como medio de efectuarse la citada
notificación para conocimiento del contenido
íntegro del mencionado acto y constancia de tal
conocimiento, imposibilitándose materialmente la
tramitación del mismo por inexistencia del domicilio del
interesado y requerir según lo previsto en el
artículo 71 LRJPAC, la subsanación y mejora de la
solicitud presentada, debiendo facilitar los
reclamantes domicilio a efectos de subsiguientes
notificaciones con apercibimiento de que de no verificarse
en el plazo de 10 días se les tendrá por decaídos
en su derecho procediéndose al archivo de las
actuaciones practicadas.
Notifíquese a los interesados.
Contra este acto que es de mero trámite, y de
conformidad con lo estipulado en el Art. 107.1 de
la LRJ-PAC, no cabe la interposición de recurso
alguno.
Ignorando identidad y domicilio de los
reclamantes, procede la notificación a los mismos en los
términos previstos en el Art. 59.5 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 16 de octubre de 2003.-La Secretaria
general del ente público Gestor de Infraestructuras
Ferroviarias (GIF), M.a Rosa Sanz Cerezo.-&47.189.
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