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Adoptado por la Comisión Ejecutiva del Banco
de España, en su sesión de 8 de noviembre de 2002,
el acuerdo por el que se aprueba la incoación del
procedimiento previsto en el título II de la Ley
26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención
de las Entidades de Crédito, a "Caja Territorial del
Mediterráneo, Sociedad Anónima", y de
conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se procede a dar
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del acuerdo
de incoación:
"Incoar el procedimiento sancionador previsto en
el título II de la Ley 26/1988, de 29 de julio ("Boletín
Oficial del Estado" del 30), a la mercantil "Caja
Territorial del Mediterráneo, Sociedad Anónima",
que, no habiendo obtenido la preceptiva
autorización del Ministerio de Economía y no figurando
inscrita en los registros especiales, incluye en su
razón social las palabras "Caja" y "Territorial del
Mediterráneo", conducta que, sin perjuicio de otras
que pudieran resultar de la instrucción, constituirían
presuntas infracciones de las prohibiciones
establecidas en el artículo 28 de la citada Ley, según el
cual ninguna persona física o jurídica, nacional o
extranjera, podrá, sin haber obtenido la preceptiva
autorización y hallarse inscrita en los
correspondientes registros, ejercer en territorio español las
actividades legalmente reservadas a las entidades
de crédito, o utilizar las denominaciones genéricas
propias de éstas. Y todo ello a fin de que se proceda
al esclarecimiento de los hechos referidos y se
adopten, en su caso, las medidas establecidas en los
artículos 29 y siguientes de la Ley referida.
A efectos de instruir y tramitar el correspondiente
expediente, se nombra Instructor a don Juan Pablo
Martín de Castro, Letrado asesor del Servicio
Jurídico del Banco de España, y Secretario a doña
Paloma García Galocha, Secretario de Expedientes,
quienes podrán ser recusados en los casos y del modo
previsto en los artículos 28 y 29, respectivamente,
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Admnistraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial
del Estado" del 27).
Una vez sea notificado el correspondiente pliego
de cargos, la entidad expedientada dispondrá de un
plazo de veinte días durante el cual podrá aportar
al expediente cuantos documentos o alegaciones
estime convenientes, así como proponer la práctica
de prueba concretando los medios de que pretenda
valerse.
Formulada que sea la propuesta de resolución,
la expedientada dispondrá igualmente de un plazo
de veinte días para formular alegaciones a la misma,
transcurrido el cual el Instructor remitirá dicha
propuesta junto con el expediente a la Comisión
Ejecutiva para que se adopte por el órgano competente
la resolución que proceda."
Madrid, 3 de diciembre de 2002.-El Secretario
general, José Antonio Alepuz Sánchez.-56.705.
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