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Documento BOE-B-2003-65029

Resolución del Ministerio de Fomento por la que se abre información pública correspondiente al expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de las obras del Ente Público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF), Línea Ferroviaria de Alta Velocidad entre Córdoba y Málaga, tramo: Fuente de Piedra-Antequera. Carretera A92-río Guadalhorce. Modificado N1, término municipal de Fuente de Piedra.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2003, páginas 2105 a 2105 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-65029

TEXTO

El Ente Público Gestor de Infraestructuras

Ferroviarias (GIF) insta la incoación del correspondiente

expediente expropiatorio para disponer de los

terrenos necesarios para la ejecución de las obras del

proyecto de expropiación forzosa Línea Ferroviaria

de Alta Velocidad entre Córdoba y Málaga, tramo:

Fuente de Piedra-Antequera. Carretera A92-río

Guadalhorce. Modificado N1, término municipal

de Fuente de Piedra, cuyo proyecto básico ha sido

debidamente aprobado.

Dichas obras están incluidas en la normativa de

la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de

los Transportes Terrestres, siendo aplicable a las

mismas su artículo 153. Así las obras se encuentran

amparadas por lo establecido en los artículos 228,

233 y 236.2 del Reglamento de la Ley de

Ordenación de los Transportes Terrestres, de 28 de

septiembre de 1990. De aquí la aplicación de los

preceptos contenidos en el artículo 52 de la Ley de

Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954,

y concordantes de su Reglamento, de 26 de abril

de 1957.

En su virtud, y a los efectos señalados en el

título II, capítulo II, de la vigente Ley de Expropiación

Forzosa y en los concordantes del Reglamento para

su aplicación,

Este Ministerio ha resuelto abrir información

pública durante un plazo de quince (15) días hábiles,

contados desde la fecha de publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", en la forma dispuesta en el

artículo 17, párrafo primero del Reglamento de 26

de abril de 1957, para que los propietarios que

figuran en la relación adjunta y todas las demás personas

o entidades que se estimen afectadas por la ejecución

de las obras, puedan formular, por escrito, ante este

Departamento, las alegaciones que consideren

oportunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de

Expropiación Forzosa y en el artículo 56 del Reglamento

para su aplicación. Esta publicación servirá de

noti

ficación para los interesados desconocidos o de

ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Del mismo modo se procederá a la citación,

mediante cédula individualizada, de los propietarios

al levantamiento de las actas previas a la ocupación,

que tendrá lugar en el/los Ayuntamientos indicados

en la relación adjunta, debiendo comparecer los

interesados con los documentos que acrediten su

personalidad y la titularidad de los bienes y derechos

afectados.

Además podrán consultar el anejo de

expropiaciones tanto en los locales del Ministerio de

Fomento, Dirección General de Ferrocarriles, Subdirección

General de Construcción de Infraestructuras

Ferroviarias, como en los respectivos Ayuntamientos

afectados por la ejecución de las obras contenidas en

el proyecto de que se trata.

Madrid, 27 de febrero de 2003.-P. D. El Director

General de Ferrocarrilles (Orden de 25 de

septiembre de 2000 "Boletín Oficial del Estado" de 5 de

octubre), Manuel Niño González.-&8.441.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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