Por Resolución de fecha 18 de noviembre de
2002, se aprueba el Proyecto de construcción arriba
indicado.
Es de aplicación el apartado 1 del artículo 8 de
la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras
modificado por el artículo 77 de la Ley 24/2001, de
27 de Diciembre, a cuyo tenor se declara de urgencia
la ocupación de los bienes por la expropiación
forzosa a que dé lugar la construcción de la mencionada
obra. La tramitación del correspondiente expediente
expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al
procedimiento de urgencia previsto en el artículo 52
de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954 y concordantes de su
Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el artículo 98 de
la Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a
lo señalado en las reglas 2.a y 3.a de su artículo
52, ha resuelto convocar a los propietarios que
figuran en la relación que se hará pública en el Boletín
Oficial de la Provincia de Lleida, y que se encuentra
expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
de Bossost, así como en el de esta Demarcación
de Carreteras y en la Unidad de Carreteras de Lleida
para que asistan al levantamiento de las Actas
Previas a la Ocupación en el lugar, día y hora que
a continuación se indica:
Término municipal: Bossost.
Lugar: Ayuntamiento de Bossost.
Días: Veintinueve y treinta de abril de 2003, a
partir de las nueve horas.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
cita
ción individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en los diarios "El Periódico de
Cataluña" y "El Segre" y en el "Boletín Oficial del
Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquéllos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar a su costa, de Peritos y Notario.
Conforme establece el artículo 56.2 del
Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento
en que se proceda al levantamiento de las citadas
actas previas a la ocupación, los interesados podrán
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras, calle de la Marquesa, 12 o en la Unidad
de Carreteras de Lleida, plaza San Juan, 22, 25071
Lleida, alegaciones a los solos efectos de subsanar
posibles errores que se hayan producido al relacionar
los bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Barcelona, 18 de marzo de 2003.-El Jefe de la
Demarcación: Fdo.: Vicente Vilanova
Martínez-Falero.-&14.232.
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