El Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid en su reunión de 10 de octubre de 1991
aprobó el Catálogo de Embalses y Humedales, de
conformidad con lo establecido en el artículo 4 de
la Ley 7/1990, de 28 de junio, de Protección de
Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad de
Madrid, en el que se incluyeron, a efectos del
esta
blecimiento del régimen de protección procedente,
catorce embalses y quince humedales, atendiendo
a sus singulares valores y características especiales.
En dicho Acuerdo se indicaba que el Catálogo
podría ampliarse y completarse con la inclusión de
nuevos embalses y humedales a medida que se
dispusiera de nuevos datos, información o
documentación.
En el tiempo transcurrido se ha mejorado
notablemente el conocimiento y la cartografía disponible
de los humedales madrileños, ya se encuentren
protegidos o no. De esta forma, los estudios realizados
permiten concluir la conveniencia de extender el
régimen genérico de protección otorgado a los
embalses y humedales ya incluidos en el Catálogo
aprobado en 1991 a los siguientes humedales:
"Soto de las Juntas", en el término municipal de
Rivas-Vaciamadrid.
"Soto de las Cuevas", en el término municipal
de Aranjuez.
"Charcas de los Camorchos", en el término
municipal de Hoyo de Manzanares.
"Laguna de Valdemanco", en el término municipal
de Valdemanco.
"Lagunas de Cerro Gordo", en el término
municipal de San Fernando de Henares.
"Lagunas del Sotillo y Picón de los Conejos",
en el término municipal de Velilla de San Antonio.
"Lagunas de Horna", en el término municipal de
Getafe.
"Lagunas del Soto Mozanaque", en el término
municipal de Algete.
De la misma manera, se ha considerado
conveniente modificar la denominación y delimitación
del conjunto de lagunas y pequeños humedales del
entorno de Peñalara.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de
la Ley 7/1990, de 28 de junio, de Protección de
Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad de
Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno de
la Comunidad de Madrid aprobar y revisar el
Catálogo de Embalses y Humedales, que será
previamente sometido a información pública por un
período de un mes mediante anuncio publicado en el
Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en
el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a propuesta del Consejero de Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio, el Consejo
de Gobierno, previa deliberación en su reunión
celebrada el día acuerda:
Someter a información pública, por un plazo de
un mes, la primera revisión del Catálogo de
Embalses y Humedales de la Comunidad de Madrid.
Dicho plazo se contará a partir del día siguiente
al de la publicación de este Acuerdo en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
La documentación relativa a la primera revisión
del Catálogo de Embalses y Humedales de la
Comunidad de Madrid puede ser examinada en la
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del
Territorio, Servicio de Espacios Naturales Protegidos,
calle Princesa, n.o 3, planta octava, 28008-Madrid,
y en los Ayuntamientos de los términos municipales
de Rivas-Vaciamadrid, Aranjuez, Hoyo de
Manzanares, Valdemanco, San Fernando de Henares,
Velilla de San Antonio, Getafe y Algete.
Los interesados podrán formular por escrito las
alegaciones y observaciones que estimen oportunas,
dirigidas al Consejero de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio, y presentarlas, dentro del plazo
señalado, en el Registro de la citada Consejería en
el domicilio anteriormente indicado, o por
cualquiera de los medios previstos al efecto en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 18 de marzo de 2004.-El Consejero de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Fdo.:
Mariano Zabía Lasala.-La Presidenta de la
Comunidad de Madrid, Fdo.: Esperanza Aguirre Gil de
Biedma.-&14.776.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid