Finalizado el plazo de información pública abierto
a efectos de subsanar posibles errores que hubieran
podido producirse en la relación de bienes, derechos
y propietarios afectados por el expediente de
referencia,
Este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa, ha resuelto fijar para el día 1 de junio de
2004, en el Ayuntamiento de Lalín, el levantamiento
de las actas previas a la ocupación de los bienes
y derechos de necesaria utilización para las obras,
en el término de Lalín. Independientemente de la
citación de carácter personal, que se realizará a cada
uno de los titulares de los bienes y derechos
afectados, según lo establecido en el artículo 52 de la
vigente Ley de Expropiación Forzosa, se expondrán
las relaciones completas de los mencionados
propietarios en el tablón de anuncios del Ayuntamiento,
así como en dos periódicos de máxima difusión
en la provincia. Dicho trámite será iniciado en el
Ayuntamiento de Lalín en el día y hora indicados,
donde deberán comparecer los interesados con los
documentos que acrediten tanto su identidad como
la titularidad de los bienes y derechos expropiados.
Madrid, 29 de abril de 2004.-El Ministro, P. D.
(O.M. 25-9-00, BOE 5-10-00), el Director general
de Ferrocarriles, Manuel Niño González.-18.367.
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