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Desconociéndose el actual domicilio de doña
Antonia Rodríguez Pedraza, por no hallársele en
el de la calle Francisco Lozano, 18, 3.o izquierda,
de Madrid, se le hace saber por la Directora general
Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas
Armadas, y en el expediente incoado para el ejercicio
de desahucio de la vivienda de la que era titular
su padre D. Manuel Rodríguez López (fallecido),
que se ha dictado con fecha 27 de febrero de 2004,
resolución de desahucio por impago, al ser la causa
de resolución del contrato de vivienda militar
con
templado en la letra a) ("La falta de pago del canon
arrendaticio de uso o de las cantidades cuyo abono
haya asumido o sean repercutibles al usuario,
correspondientes a tres mensualidades") del artículo 10,
párrafo 1.o, de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de
Medidas de Apoyo a la Movilidad Geográfica de
los Miembros de las Fuerzas Armadas, modificada
por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social,
modificada posteriormente por la Ley 53/2002, de 30
de diciembre de 2002, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, y finalmente por la
Ley de 31 de diciembre de 2003, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Madrid, 26 de mayo de 2004.-El Instructor, José
Luis Casas Aybar.-27.213.
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