Desconociéndose el actual domicilio de don
Antonio Martos Villarino, por no hallársele en el de
la C/ Aquiles 2-A, 4.o C, de Madrid, se le hace
saber por la Directora General Gerente del Instituto
para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, y en el
expediente incoado para el ejercicio del desahucio
de la vivienda de la que es titular, que se ha
formulado con fecha 22 de marzo de 2004,
requerimiento de desalojo por no ocupación, al ser la
causa de resolución de contrato de vivienda militar,
contemplado en la letra e) ("cuando la vivienda
deje de estar destinada a satisfacer la necesidad de
vivienda habitual del beneficiario o se utilice para
actividades ajenas a dicho fin") del artículo 10,
párrafo 1.o, de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas
de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros
de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley
24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales,
administrativas y del orden social, posteriormente
por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre de 2002,
de medidas fiscales, administrativas y del orden
social, y, finalmente, por la Ley de 31 de diciembre
de 2003, de medidas fiscales, administrativas y del
orden social. En consecuencia, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 26/1999,
de 9 de julio, le requiero a fin de que proceda al
desalojo voluntario en el plazo de un mes, a partir
de la publicación del presente edicto, bajo
apercibimiento, en caso de incumplimiento de que se
instruirá el procedimiento previsto en el artículo
10.4 a fin de obtener su efectividad.
Madrid, 26 de mayo de 2004.-El Instructor, José
Luis Casas Aybar.-27.329.
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