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Documento BOE-B-2004-138104

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos sobre el PS/00018/2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 8 de junio de 2004, páginas 5037 a 5038 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2004-138104

TEXTO

Desconociéndose el domicilio actual de Holiday

Change, S.L., procede acudir al medio de

notificación previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999,

de 13 de enero. En consecuencia, a continuación

se transcribe, en lo que afecta a Holiday

Change, S.L., y para que sirva de notificación, extracto

de la notificación del Acuerdo de la Resolución

R/00505/2003, dictada en el procedimiento

sancionador n.o PS/00018/2003. Primero: Imponer a

la entidad Holiday Change, S.L., por la comisión

de la infracción tipificada como grave en el artículo

44.3.j) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de

diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

una multa de 60.101,21 euros (sesenta mil ciento un

euros con veintiún céntimos), de conformidad con

lo establecido en el artículo 45.2 de la citada Ley

Orgánica. Segundo: Advertir al sancionado que la

sanción impuesta deberá hacerla efectiva en el plazo

de pago voluntario que señala el artículo 20 del

Reglamento General de Recaudación aprobado por

Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre,

mediante su ingreso en la cuenta n.o 0182 2370

43 0200000785 a nombre de la Agencia Española

de Protección de Datos del Banco Bilbao Vizcaya

Argentaria, S.A., o en caso contrario, se procederá

a su exacción por vía de apremio. Si recibe la

notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos

inclusive, el plazo para efectuar el pago voluntario

será hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato

hábil posterior, y si recibe la notificación entre los

días 16 y último de cada mes, ambos inclusive,

el plazo del pago será hasta el 20 del mes siguiente

o inmediato hábil posterior.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía

administrativa (artículo 48.2 de la Ley Orgánica 15/1999,

de 13 de diciembre), y de conformidad con lo

establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, según la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica, los

interesados podrán interponer, potestativamente,

recurso de reposición ante el Director de la Agencia

Española de Protección de Datos en el plazo de

un mes a contar desde el día siguiente a la

notificación de esta resolución, o, directamente recurso

contencioso administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en

el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el

plazo de dos meses a contar desde el día siguiente

a la notificación de este acto, según lo previsto en

el artículo 46.1 del referido texto legal.

Madrid, 20 de mayo de 2004.-El Director de

la Agencia Española de Protección de Datos, José

Luis Piñar Mañas.-27.630.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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