Está Vd. en

Documento BOE-B-2004-138105

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos sobre el PS/00117/2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 8 de junio de 2004, páginas 5038 a 5038 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2004-138105

TEXTO

Estando acreditado en el procedimiento la

imposibilidad de notificación a Relacional M., S.L., en

su domicilio de la ctra de Villaverde a Vallecas,

Km. 1,800, 28031 Madrid y a Micromarketing, S.L.,

en su domicilio de la calle La Hiruela, 5, 1.o-10,

28035 Madrid, procede acudir al medio de

notificación previsto en el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la

Ley 4/1999, de 13 de enero. En consecuencia, a

continuación se transcribe para que sirva de

notif ic a c ió n , e xt r ac t o d e la re s ol uc ió n n .o

R/00094/2004, de fecha 09/03/2004, recaída en

el procedimiento sancionador n.o 00117/2003. "El

Director de la Agencia Española de Protección de

Datos Resuelve: Primero: Imponer a la entidad

Micromarketing, S.L., por una infracción del

artículo 6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de

diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,

tipificada como grave en el artículo 44.3.d) de dicha

norma, una multa de 60.101,21 euros (sesenta mil ciento

un euros con veintiún céntimos), de conformidad

con lo establecido en el artículo 45.2 de la citada

Ley Orgánica. Segundo: Imponer a la entidad

Relacional, M., S.L., por una infracción del artículo 6

de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,

de Protección de Datos de Carácter Personal,

tipificada como grave en el artículo 44.3.d) de dicha

norma, una multa de 60.101,21 euros (sesenta mil ciento

un euros con veintiún céntimos), de conformidad

con lo establecido en el artículo 45.2 de la citada

Ley Orgánica. Tercero: Imponer a la entidad

Relacional, M., S.L., por una infracción del artículo 16

de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,

de Protección de Datos de Carácter Personal,

tipificada como grave en el artículo 44.3.f) de dicha

norma, una multa de 60.101,21 euros (sesenta mil ciento

un euros con veintiún céntimos), de conformidad

con lo establecido en el artículo 45.2 de la citada

Ley Orgánica.

La sanción impuesta deberá hacerla efectiva en

el plazo de pago voluntario que señala el artículo

20 del Reglamento General de Recaudación

aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de

diciembre, mediante su ingreso en la cuenta n.o 0182 2370

43 0200000785 a nombre de la Agencia Española

de Protección de Datos del Banco Bilbao Vizcaya

Argentaria, S.A., o en caso contrario, se procederá

a su exacción por vía de apremio. Si recibe la

notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos

inclusive, el plazo para efectuar el pago voluntario

será hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato

hábil posterior, y si recibe la notificación entre los

días 16 y último de cada mes, ambos inclusive,

el plazo del pago será hasta el 20 del mes siguiente

o inmediato hábil posterior.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía

administrativa (artículo 48.2 de la Ley Orgánica 15/1999,

de 13 de diciembre), y de conformidad con lo

establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, según la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica, los

interesados podrán interponer, potestativamente,

recurso de reposición ante el Director de la Agencia

Española de Protección de Datos en el plazo de

un mes a contar desde el día siguiente a la

notificación de esta resolución, o, directamente recurso

contencioso administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en

el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el

plazo de dos meses a contar desde el día siguiente

a la notificación de este acto, según lo previsto en

el artículo 46.1 del referido texto legal.

Madrid, 20 de mayo de 2004.-El Director de

la Agencia Española de Protección de Datos, José

Luis Piñar Mañas.-27.631.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid