El Presidente del Fondo Español de Garantía
Agraria en relación con los expedientes
números 2-1561/02 y 1517/02 de la mercantil Palmyra
Import-Export, Sociedad Limitada, y para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Hago saber:
Primero.-Que mediante resolución de fecha
31-3-2004, dictada en el expediente n.o 2-1561/02,
este Organismo acordó denegar tres solicitudes de
pago anticipado de restituciones a la exportación de
la mencionada empresa, así como la devolución de
los anticipos indebidamente percibidos hasta un total
de 23.196,91 euros, cantidad que deberá hacerse
efectiva en un plazo de treinta días mediante transferencia
bancaria en la entidad 9000 Banco de España,
Sucursal: 0001 Madrid, C/c: 20-0200009025 "Fega-Feoga
Garantía Organismo Pagador", con la advertencia de
que, si transcurrido ese plazo no se hubiese realizado
el reintegro, se ejecutarán las garantías prestadas en
su día por la empresa. Contra dicha resolución podrá
interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra.
Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación en el
plazo de un mes a contar desde la publicación de
este anuncio.
Segundo.-Que mediante acuerdo de fecha
30-4-2004, este Organismo ha iniciado el expediente
n.o 2-1517/02 para determinar si procede el
reintegro de las cantidades que, durante el ejercicio
FEOGA 2000, fueron abonadas a la citada empresa
en concepto de restitución (211.620 euros más
intereses). A tal efecto, la sociedad interesada dispone
de un plazo de quince días para formular alegaciones
y aportar documentación.
Madrid, 7 de mayo de 2004.-El Presidente,
Francisco Mombiela Muruzábal.-28.274.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid