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Por acuerdo de la Junta Directiva se convoca
a todos sus mutualistas asociados, convenientemente
acreditados, a la Junta General ordinaria y
extraordinaria de la entidad, que se celebrará el
próximo 15 de julio de 2004, en el Centro de Prevención
y Rehabilitación sito en Sant Cugat del Vallés
(Barcelona), Avenida Alcalde Barnils s/n, a las doce
horas en primera convocatoria, y una hora mas tarde
en segunda, conforme al siguiente
Orden del día
Primero.-Examen y aprobación, en su caso, de
las cuentas anuales del ejercicio 2003, y distribución
del excedente obtenido.
Segundo.-Información sobre la auditoría del
ejercicio 2003.
Tercero.-Examen y aprobación, en su caso, del
anteproyecto de presupuestos del ejercicio 2005.
Cuarto.-Adaptación de los Estatutos al
RD 428/2004, de 12 de marzo.
Quinto.-Nombramiento, reelección y/o
ratificación de miembros de la Junta Directiva y Comisión
Permanente.
Sexto.-Comisión de Prestaciones Especiales.
Séptimo.-Ratificación de los acuerdos adoptados
por la Junta Directiva, la Comisión Permanente y
aprobación de la gestión de los órganos rectores.
Octavo.-Delegaciones y apoderamientos a los
efectos procedentes.
Las condiciones aplicables para acreditar la
asistencia, representación y voto son las recogidas en
el Título II, Capítulo V, Sección 1.a de los vigentes
Estatutos y conforme a lo establecido en el
artículo 21 de los citados Estatutos, previo acuerdo
adoptado por la Junta Directiva el día 25 de mayo, el
asociado que desee asistir a la celebración de la
Junta General tiene a su disposición, en cualquiera
de los centros asistenciales /oficinas de la Mutua,
el documento a cumplimentar para acreditarse ante
la Secretaría de la Junta. Este documento podrá
retirarse hasta cinco días anteriores a la celebración
de la Junta General.
La representación podrá otorgarse a favor de otra
empresa asociada y deberá formalizarse por escrito
firmado por el empresario asociado, su
representante o apoderado con facultades suficientes,
especificándose la convocatoria de que se trate y las
instrucciones para el ejercicio del derecho de voto.
La personalidad de las personas físicas, ya actúen
en su nombre o en virtud de representación, se
acreditará mediante la exhibición del documento
nacional de identidad o, en el supuesto de
extranjeros, del de residencia o pasaporte.
Para hacer uso del derecho de voto el mutualista
deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de
sus obligaciones sociales.
Barcelona, 25 de mayo de 2004.-El Presidente,
Leopoldo Rodes Castañe.-29.783.
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