Contingut no disponible en valencià
En cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, conforme a la redacción dada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 2000, y
no habiendo sido posible notificar a don Juan José
Cayuela Martínez (45.583.069-J) el acuerdo de 23
de marzo de 2004, relativo al reintegro de pagos
indebidos, y cuyo texto completo es el siguiente:
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, una
vez efectuado el trámite y seguir el procedimiento
indicado en el citado artículo, al haber sido
rechazada la recepción de la notificación del inicio del
expediente iniciado al Guardia Civil don Juan José
Cayuela Martínez (45.583.069-J), con motivo del
percibo indebido de la cantidad de novecientos
ochenta y cinco euros, con cincuenta y ocho
céntimos (985,58 euros), percibida en concepto de
complemento de zona conflictiva en el período
comprendido entre el 1 de octubre de 2003 y el 30
de noviembre de 2003, por abandono de destino
y residencia sin estar autorizado desde el 7 de
septiembre de 2003.
Acuerdo declarar que la cantidad de novecientos
ochenta y cinco euros, con cincuenta y ocho
céntimos (985,58 euros) percibidas por el Guardia Civil
don Juan José Cayuela Martínez (45.583.069-J) en
concepto de complemento de zona conflictiva,
durante el período comprendido entre el 1 de
octubre de 2003 y el 30 de noviembre de 2003, tiene
la consideración de ingresos indebidos.
Voluntariamente puede reintegrarla al Tesoro
Público, remitiendo fotocopia compulsada al
Servicio de Retribuciones, caso de hacer efectivo el
ingreso, con el objeto de cancelar el procedimiento de
reintegro que dispone la Orden Ministerial
de 10 de mayo de 1989 (B.O.E. número 135).
Consecuentemente deberá ingresar el expresado importe
pago en la Delegación de Hacienda correspondiente
a su domicilio fiscal [domicilio fiscal del interesado,
calle Ctra. Cortezubi, número 17, 48300 Guernica
(Vizcaya)].
Al mismo tiempo se comunica que en el plazo
de un mes, contado a partir del siguiente al de
la recepción de esta notificación, podrá interponer
recurso de alzada. Dicho escrito será presentado
o remitido a cualquiera de los registros u oficinas
a que hace referencia el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial
del Estado" número 27) y, preferentemente, por
razones de mayor agilidad a la Subdirección General
de Personal, Servicio de Retribuciones de la Guardia
Civil [carretera de Andalucía, km. 25,500, 28340
Valdemoro (Madrid)], aportando las pruebas
necesarias para corroborar su recurso de alzada.
Lo que se comunica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Valdemoro, 18 de junio de 2004.-El Coronel Jefe
del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil,
Emilio Muñoz Rubio.-&33.079.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid