Desconociéndose el actual domicilio de doña
Alicia Aller Álvarez, por no hallársele en el de
la C/ Francisco Lozano, n.o 22, 4.o Dcha., de
Madrid, se le hace saber por la Directora General
Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas
Armadas, y en el expediente incoado para el ejercicio
del desahucio de la vivienda de la que era titular
su padre don Manuel Aller Fernández (fallecido),
que se ha formulado con fecha de 22 de marzo
de 2004, requerimiento de desalojo por fallecimiento
del titular, al ser la causa de resolución de contrato
de vivienda militar contemplado en la letra g) ("El
fallecimiento del titular si no existen beneficiarios
definidos en el artículo 6 o el de éstos en su caso")
del artículo 10, párrafo 1.o, de la Ley 26/1999, de 9
de julio, de medidas de apoyo a la movilidad
geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas,
modificada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre
de medidas fiscales, administrativas y del orden
social, posteriormente por la Ley 53/2002, de 30
de diciembre de 2002 de medidas fiscales,
administrativas y del orden social, y finalmente por la
Ley 31 de diciembre de 2003 de medidas fiscales,
administrativas y del orden social.
En consecuencia, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10 de la Ley 26/1999, de 9 de
julio, le requiero a fin de que proceda al desalojo
voluntario en el plazo de un mes, a partir de la
publicación del presente edicto, bajo apercibimiento,
en caso de incumplimiento de que se instruirá el
procedimiento previsto en el artículo 10.4 a fin de
obtener su efectividad.
Madrid, 29 de junio de 2004.-El Instructor, José
Luis Casas Aybar.-34.668.
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