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Desconociéndose el actual domicilio de don Jaime
Fabregat Manuel, por no hallársele en el de la calle
General Cialdini, 6, sito en Paterna (Valencia), se
le hace saber por la Directora General Gerente del
Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas,
y en el expediente incoado para el ejercicio del
desahucio de la vivienda de la que es titular, que
se ha dictado con fecha de 18 de febrero de 2004,
resolución de desahucio por impago, al ser la causa
de resolución de contrato de vivienda militar
contemplado en la letra a) ("La falta de pago del canon
arrendaticio de uso o de las cantidades cuyo abono
haya asumido o sean repercutibles al usuario,
correspondientes a tres mensualidades") del artículo 19,
párrafo 1.o de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de
medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los
miembros de las Fuerzas Armadas, modificada por
la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas
fiscales, administrativas y del orden social,
posteriormente por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre
de 2002, de medidas fiscales, administrativas y del
orden social, y finalmente por la Ley 31 de diciembre
de 2003 de medidas fiscales, administrativas y del
orden social.
Madrid, 9 de julio de 2004.-El Instructor, José
Luis Casas Aybar.-&37.225.
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