Desconociéndose el actual domicilio de don Juan
Carlos Rodríguez López, por no hallársele en el
de la calle General Primo de Rivera, 4, 6.o derecha,
de Valladolid, se le hace saber por la Directora
General Gerente del Instituto para la Vivienda de
las Fuerzas Armadas, y en el expediente incoado
para el ejercicio del desahucio de la vivienda de
la que titular, que se ha formulado con fecha de
2 de diciembre de 2003, requerimiento de pago,
al ser la causa de resolución de contrato de vivienda
militar contemplado en la letra a) ("La falta de
pago del canon arrendaticio de uso o de las
cantidades cuyo abono haya asumido o sean
reper
cutibles al usuario, correspondientes a tres
mensualidades") del artículo 10, párrafo 1.o, de la Ley
26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a
la movilidad geográfica de los miembros de las
Fuerzas Armadas, modificada por la Ley 24/2001, de
27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas
y del orden social, posteriormente por la Ley
53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales,
administrativas y del orden social, y finalmente por
la Ley 31 de diciembre de 2003, de medidas fiscales,
administrativas y del orden social.
En consecuencia, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10 de la Ley 26/1999, de 9 de
julio, le requiero a fin de que proceda al desalojo
voluntario en el plazo de un mes, a partir de la
publicación del presente edicto, bajo apercibimiento,
en caso de incumplimiento de que se instruirá el
procedimiento previsto en el artículo 10.4 a fin de
obtener su efectividad.
Madrid, 19 de julio de 2004.-El Instructor, José
Luis Casas Aybar.-37.223.
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