Con fecha 10 de junio de 2004, el Director
General de Carreteras ha resuelto lo siguiente:
Fijar provisionalmente la distancia de la línea
límite de edificación en la manzana ocupada por la
antigua factoría Feycu en el interior del lazo del
enlace de la A-3 con la N-335/V-30 de la población
de Xirivella, a la distancia de 22 m de la arista
exterior de la calzada, según el plano n.o 6, de
Alineaciones, rasantes, alturas de edificación,
dotaciones y usos globales de la Revisión-Adaptación del
Plan General de Ordenación Urbana del
Ayuntamiento de Xirivella, conforme al artículo 85.4 del
Reglamento General de Carreteras (R. D.
1812/1994 de 2 de septiembre, BOE 23.09.94).
Ordenar el sometimiento del Estudio de
Delimitación parcial del tramo urbano de la carretera
N-335/V-30 en el enlace de la A-3 al trámite de
información pública y al informe de la Comunidad
Autónoma y de la Entidad Local afectados
conforme al citado artículo 85.4 del Reglamento, por
un período de 30 días hábiles, contados a partir
del primer día hábil siguiente al de la publicación
de este anuncio, para que en el citado plazo pueda
ser examinado por quienes lo deseen, en días y
horas de oficina, en la Demarcación de Carreteras
del Estado en la Comunidad Valenciana, Servicio
de Conservación y Explotación, calle de Joaquín
Ballester, 39, 4.a planta, y en el Ayuntamiento de
Xirivella.
Durante el expresado plazo podrán presentarse,
en las oficinas de la Demarcación de Carreteras
o por cualquiera de los sistemas señalados en el
artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, las alegaciones y
observaciones que se estimen pertinentes.
Valencia, 14 de julio de 2004.-El Ingeniero Jefe
de la Demarcación, Ismael Ferrer
Domingo.-&37.307.
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