Este Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión
interpuesto por doña Marta Peña Alonso, contra
liquidación provisional por el Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas practicada por la
Administración de Torrejón de Ardoz de la Delegación
de Madrid de la Agencia Tributaria, correspondiente
al ejercicio de 1999, acuerda: Declarar su
inadmisibilidad.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente de la publicación del presente Anuncio.
Madrid, 6 de septiembre de 2004.-El Vocal,
Conrado Montesinos Jaén.-42.771.
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