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«Este Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, en el recurso extraordinario de revisión interpuesto por don Roberto Luis Prieto González, contra liquidaciones en concepto de sanciones por el concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Retenciones) correspondientes a los ejercicios de 1998, 1999, 2000 (1.º, 2.º y 3.º trimestres), 2001 (3.º trimeste) y 2002 (1.º trimestre), Acuerda: Declararlo inadmisible.»
Lo que notifico reglamentariamente a Vd., advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía económico-administrativa puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio.
Madrid, 30 de septiembre de 2004.-El Vocal, Conrado Montesinos Jaén.-46.020.
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