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Documento BOE-B-2004-248116

Resolución de la Autoridad Portuaria de Barcelona por la que se hacen públicos los acuerdos sobre desalojo de las naves 7 y 8 del tinglado núm. 1 del muelle adosado del Puerto de Barcelona, ocupadas por «Mediterranean Rainbow, S. L.».

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 14 de octubre de 2004, páginas 9084 a 9084 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2004-248116

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Barcelona, en sesión celebrada el día 28 de septiembre del presente año, adoptó por unanimidad y entre otros, los acuerdos que se transcriben sobre el desalojo por parte de la sociedad indicada de las naves de referencia:

Primero.-Aprobar el desalojo de «Mediterranean Rainbow, S.L.» de las naves núm. 7 y 8 del Tinglado núm. 1 del muelle Adosado, señalándole un plazo de diez días para que lo lleve a efecto por sus propios medios y deje las naves libres, vacuas y expeditas a disposición de la Autoridad Portuaria de Barcelona, entregando las llaves al Jefe del Servicio de Planificación de Espacios Portuarios de la Subdirección General de Explotación y Planificación Portuaria (2.ª planta del edificio ASTA del Tramo VI de la Carretera de Circunvalación del puerto) dentro de ese plazo.

Segundo.-Ordenar al Sr. Director de la Autoridad Portuaria de Barcelona que vele por el cumplimiento del acuerdo anterior, de manera que, en caso de que en el plazo señalado «Mediterranean Rainbow, S. L.», no hubiera desalojado las naves, curse instrucciones a los Servicios Jurídicos, a la Subdirección General de Explotación y Planificación Portuaria y al Cuerpo de Guardamuelles de la Autoridad Portuaria de Barcelona, para que, previas las actuaciones que sean pertinentes, se proceda al desalojo de oficio de dichas naves, pudiendo recabar para ello la colaboración de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y sin perjuicio de las demás responsabilidades que sean exigibles a su ocupante.

Lo que se hace público para general conocimiento y en especial de la sociedad interesada, al haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para la entrega de la correspondiente notificación en los domicilios conocidos, y de conformidad con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicos de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Barcelona, 8 de octubre de 2004.-Pere Caralps Riera, Secretario del Consejo de Administración.-46.711.

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