Visto el expediente tramitado a instancia de la entidad mercantil LDV Casares, S.L.U, para la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondiente al proyecto de referencia, y teniendo en cuenta los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.-Mediante escrito de fecha 16 de junio de 2004, D. Carlos Khevenhüller Metsch en nombre y representación de la entidad mercantil LDV Casares, S.L.U. solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto de línea aérea- subterránea de 20 Kv. Cuyas características son, para el tramo subterráneo, conductor de AL tipo RHV 12/20 Kv. de 240 mm2 de sección y una longitud de 1.400 metros. Para el tramo aéreo, simple circuito de 15 metros de longitud con conductor LA-180 y apoyo tipo fin de línea, donde se efectúa el paso de línea subterránea a aérea.
La finalidad de la línea es la evacuación del Parque Eólico «Ignacio Molina» hasta la línea eléctrica denominada «Telefónica-Casares», afectando al término municipal de Casares. A esta solicitud la compañía peticionaria adjuntó relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que consideraba de necesaria expropiación u ocupación. Segundo.-El trámite de información pública de este expediente se realizó mediante exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Casares y anuncio en las siguientes publicaciones: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 176, de 8 de septiembre de 2004; Boletín Oficial del Estado n.º 219, de 10 de septiembre de 2004; Boletín Oficial de la Provincia de Málaga n.º 180, de 17 de septiembre de 2004 y Diario Sur de fecha 29 de septiembre de 2004, sin que se hayan recibido alegaciones al mismo.
Fundamentos de derecho
Primero.-Esta Delegación Provincial es competente para conocer y resolver el presente expediente conforme a lo establecido en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas; Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
Vistas la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre Autorización de Instalaciones Eléctricas; Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación Provincial, resuelve:
Otorgar autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, implicando ésta última la urgente ocupación a los efectos establecidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de la instalación de referencia, con arreglo a las condiciones siguientes: 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de doce meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución. 3. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. 4. Asimismo, el titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los Organismos y Corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por el mismo. Además el titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios. 5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación. 6. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, conforme determinan los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Málaga, 11 de noviembre de 2004.-La Delegada Provincial, María Gámez Gámez.-54.307.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid