Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid,
a instancia de Iberdrola Distribución Eléctrica,
Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en
Madrid, avenida de Burgos número 8 solicitando
la autorización administrativa de la modificación
de la instalación arriba citada.
Resultando que la línea a 220 kV
"Almaraz-Villaverde" fue autorizada para simple circuito por
Resolución de la Dirección General de Industria
del Ministerio de Industria de fecha 13 de junio
de 1961, autorizándose un segundo circuito por
Resolución de la Dirección General de la Energía
del Ministerio de Industria de fecha 30 de noviembre
de 1963.
Resultando que de conformidad con lo establecido
en el artículo 154 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica, el Consorcio
Urbanístico de Parla Este ha solicitado a Iberdrola
Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima
Unipersonal, la modificación de la línea
"Almaraz-Villaverde", entre los apoyos números 397 y 410 dado
que con motivo del Plan General del Municipio
de Parla es preciso realizar el desvío de la línea
en el tramo citado a fin de adecuar al Reglamento
de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión los
cruzamientos que presenta con el mencionado Plan
General.
Resultando que sometida la petición de Iberdrola
Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima
Unipersonal a información pública, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 125 del citado Real
Decreto 1955/2000, no se han presentado alegaciones
ni oposición alguna durante el plazo reglamentario.
Resultando que de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 127 y 131 del mismo Real Decreto,
se solicitó informe y establecimiento de
condicionados a los Ayuntamientos de Parla y Torrejón de
Velasco, a la Demarcación de Carreteras del Estado
del Ministerio de Fomento, y a RENFE
(Mantenimiento de Infraestructuras), informando
favorablemente la viabilidad del proyecto el Ministerio
de Fomento y no contestando los Ayuntamientos
ni a la petición de informe ni a su reiteración, por
lo que de conformidad con lo establecido en los
citados artículos ha de entenderse que no existe
oposición al proyecto y son aceptadas las
especificaciones técnicas propuestas por el peticionario.
Resultando que por Mantenimiento de
Infraestructuras de RENFE se contesta a la petición de
informe y condicionado manifestando que para la
ejecución de las obras se deberá presentar ante la
Gerencia de Infraestructura y Vía la correspondiente
solicitud, a la vista de la cual se redactará el oportuno
condicionado.
Resultando que por Iberdrola Distribución
Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal, son
aceptadas las alegaciones de RENFE.
Resultando que con fecha 27 de diciembre
de 2002 la sociedad Infraestructuras de Alta Tensión
(INALTA), previa autorización de la Dirección
General de Política Energética y Minas, adquirió
todas las instalaciones de transporte de energía,
hasta entonces propiedad de Iberdrola Distribución
Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal, entre las
que se encuentra el circuito de la línea a 220 kV
"Almaraz-Villaverde" que se pretende modificar.
Resultando que el proyecto de modificación de
la instalación y su estudio de impacto ambiental
han sido sometidos al Procedimiento de Evaluación
de Impacto Ambiental, habiendo sido formulada
la correspondiente Declaración de Impacto
Ambiental mediante Resolución de la Secretaria General
de Medio Ambiente del Ministerio de Medio
Ambiente de fecha 5 de febrero de 2004.
Visto el informe favorable emitido por el Área
de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno
en Madrid.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios establecidos en el Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
Autorizar a la sociedad Infraestructuras de Alta
Tensión (INALTA) la modificación del trazado del
circuito de su propiedad de la línea eléctrica aérea
a 220 kV "Almaraz-Villaverde", en el tramo
comprendido entre los apoyos números 397 y 410,
compartidos en doble circuito con el circuito de la misma
línea propiedad de Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima, en la provincia de Madrid, cuyas
características principales son:
Origen: La variación del trazado comienza en un
nuevo apoyo de anclaje número 398 situado a 12
metros del actual en dirección al apoyo número 399
sobre la misma traza existente.
Final: Nuevo apoyo de anclaje número 409 que
entronca con la actual traza.
En la variante de la línea se instalarán, además,
los apoyos números 399, 399-bis, 400, 400-bis, 401,
401-bis, 402, 403, 403-bis, 404, 405, 405-bis, 406,
407, 407-bis y 408, desmontándose los existentes.
Los apoyos números 407 y 410 no varían su
posición, pero los vanos 407-408 y 409-410
modifican su longitud.
Todos los elementos implicados en los
cruzamientos con el ferrocarril y la autopista R-4 cumplirán
los requisitos de seguridad reforzada.
Número de circuitos: Uno, dúplex.
Conductores: De aluminio-acero tipo GULL
de 381 milímetros cuadrados.
Cables de tierra: Dos, de acero recubierto de
aluminio.
Apoyos: Para doble circuito en configuración
doble bandera, constituídos por perfiles metálicos
de angulares de alas iguales.
Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio
templado.
Cimentaciones: Independientes para cada pata del
apoyo, de hormigón en masa.
Puestas a tierra: En todos los apoyos mediante
varillas de acero descarburado, de forma que la
resistencia máxima de difusión a tierra no supere los
valores que se establecen en el Reglamento de Líneas
Eléctricas Aéreas de Alta Tensión.
Longitud de la modificación: 6.470 metros.
Términos municipales afectados: Parla y Torrejón
de Velasco.
La finalidad de la modificación del trazado de
la línea es su adaptación a las obras previstas por
el Consorcio Urbanístico de Parla con motivo de
la Revisión del Plan General del Municipio.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor
Secretario de Estado de Energía, Desarrollo
Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa en el
plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en
el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril,
de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado.
Madrid, 18 de febrero de 2004.-La Directora
General, Carmen Becerril Martínez.
Área de Industria y Energía. Delegación del
Gobierno. Madrid.-10.688.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid