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Documento BOE-B-2004-76064

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Infraestructuras de Alta Tensión (INALTA) la modificación del primer circuito de la línea eléctrica aérea a 220 kV "Aceca-Villaverde", en el tramo comprendido entre los apoyos T-71 y T-86, compartidos, en doble circuito con el segundo circuito de la misma línea propiedad de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, en la provincia de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 29 de marzo de 2004, páginas 2748 a 2749 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2004-76064

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria

y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid,

a instancia de Iberdrola Distribución Eléctrica,

Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en

Madrid, avenida de Burgos, número 8, solicitando

la autorización administrativa de la modificación

de la instalación arriba citada.

Resultando que la línea a 220 kV, doble circuito,

"Aceca-Villaverde" fue autorizada y declarada, en

concreto, de utilidad pública por Resolución de la

Dirección General de la Energía del Ministerio de

Industria y Energía de fecha 20 de julio de 1983,

aprobándose el proyecto de ejecución por

Resolución de la misma fecha.

Resultando que de conformidad con lo establecido

en el artículo 154 del Real Decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre, por el que se regulan las

actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización

de instalaciones de energía eléctrica, el Consorcio

Urbanístico de Parla Este ha solicitado a Iberdrola

Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima

Unipersonal la modificación de la línea "Aceca-Villaverde"

entre los apoyos números T-71 y T-86 dado que

con motivo del Plan General del Municipio de Parla

es preciso realizar el desvío de la línea en el tramo

citado a fin de adecuar al Reglamento de Líneas

Eléctricas Aéreas de Alta Tensión los cruzamientos

que presenta con el mencionado Plan General.

Resultando que sometida la petición de Iberdrola

Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima

Unipersonal, a información pública, de conformidad con

lo dispuesto en el artículo 125 del citado Real

Decreto 1955/2000, no se han presentado alegaciones

ni oposición alguna durante el plazo reglamentario.

Resultando que de acuerdo con lo dispuesto en

los artículos 127 y 131 del mismo Real Decreto,

se solicitó informe y establecimiento de

condicionados a los Ayuntamientos de Parla y Torrejón

de Velasco, a la Demarcación de Carreteras del

Estado del Ministerio de Fomento, a RENFE

(Mantenimiento de Infraestructuras), y a Telefónica

de España, informando favorablemente la

viabilidad del proyecto el Ministerio de Fomento y

Telefónica de España, no contestando los

Ayuntamientos ni a la petición de informe ni a su reiteración,

por lo que de conformidad con lo establecido en

los citados artículos ha de entenderse que no existe

oposición al proyecto y son aceptadas las

especificaciones técnicas propuestas por el peticionario.

Resultando que por Mantenimiento de

Infraestructuras de RENFE se contesta a la petición de

informe y condicionado manifestando que para la

ejecución de las obras dentro de la zona de influencia

del ferrocarril AVE Madrid-Sevilla se deberá

presentar ante la Gerencia de Infraestructura y Vía

la correspondiente solicitud, a la vista de la cual

se redactará el oportuno condicionado técnico y

económico.

Resultando que por Iberdrola Distribución

Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal son aceptadas

las alegaciones de RENFE.

Resultando que con fecha 27 de diciembre

de 2002 la sociedad Infraestructuras de Alta

Tensión (INALTA), previa autorización de la

Dirección General de Política Energética y Minas,

adquirió todas las instalaciones de transporte de

energía, hasta entonces propiedad de Iberdrola

Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima

Unipersonal, entre las que se encuentra el primer circuito

de la línea a 220 kV "Aceca-Villaverde" que se

pretende modificar.

Resultando que el proyecto de modificación de

la instalación y su estudio de impacto ambiental

han sido sometidos al procedimiento de Evaluación

de Impacto Ambiental, habiendo sido formulada

la correspondiente Declaración de Impacto

Ambiental mediante Resolución de la Secretaría General

de Medio Ambiente del Ministerio de Medio

Ambiente de fecha 5 de febrero de 2004.

Visto el informe favorable emitido por el Área

de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno

en Madrid.

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios establecidos en el Real Decreto

1955/2000, de 1 de diciembre.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

Autorizar a la sociedad Infraestructuras de Alta

Tensión (INALTA) la modificación del primer

circuito de la línea eléctrica aérea a 220 kV

"Aceca-Villaverde" en el tramo comprendido entre los

apoyos números T-71 y T-86, compartidos en doble

circuito, con el segundo circuito de la misma línea

propiedad de Red Eléctrica de España, Sociedad

Anónima, en la provincia de Madrid, cuyas

características principales son:

Origen: Apoyo compartido para doble circuito

T-71.

Final: Apoyo compartido para doble circuito T-86.

Instalación de nuevos apoyos para doble circuito

números 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81,

82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90 y 91, todos

bis.

Desmontar los actuales apoyos desde el número

T-72 hasta el número T-85, ambos incluidos.

Apoyos: Metálicos para doble circuito

constituidos por perfiles de angulares de acero galvanizado,

organizados en forma de celosía.

Cimentaciones: De hormigón en masa,

independientes para cada pata del apoyo.

Número de circuitos: Uno, dúplex, el denominado

primer circuito de la línea.

Conductores: De aluminio-acero, tipo GULL,

de 381 milímetros cuadrados de sección.

Cables de tierra: Dos, uno de acero de 50

milímetros cuadrados de sección, y otro OPGW-15 con

fibras ópticas en el núcleo de 15,1 milímetros de

diámetro.

Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio

templado tipo U 120 BS.

Puestas a tierra: Todos los apoyos irán puestos

a tierra mediante un sistema mixto de picas y anillos

de forma que la resistencia de difusión máxima no

supere los valores que se establecen en el

Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión.

Longitud de la modificación: 7.073 metros.

Términos municipales afectados: Parla y Torrejón

de Velasco.

La finalidad de la modificación del trazado de

la línea es su adecuación a las obras del complejo

urbanístico que desarrolla el Consorcio Urbanístico

de Parla Este.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor

Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial

y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo

de un mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7

de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización

y Funcionamiento de la Administración General del

Estado.

Madrid, 18 de febrero de 2004.-La Directora

General, doña Carmen Becerril Martínez.

Área de Industria y Energía. Delegación del

Gobierno. Madrid.-10.877.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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