Por Resolución de la Subdirección General de
Conservación y Explotación de fecha 23 de marzo
de 2004, se aprueba el proyecto arriba indicado
y se ordena a esta Demarcación la incoación del
expediente de expropiación forzosa de los bienes
y derechos afectados para la ejecución de dichas
obras.
Son de aplicación los apartados 1 y 2 del artículo 8
de la ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras
modificados por el artículo 77 de la Ley 24/2001
de 27 de diciembre (B.O.E. de 31 de diciembre),
de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden
Social, a cuyo tenor se declara de urgencia la
ocupación de los bienes por expropiación forzosa a
que dé lugar la construcción de la mencionada obra.
La tramitación del correspondiente expediente
expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al
procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52
de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954 y concordantes de su
Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el art. 98 de la LEF
y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.a y 3.a de
su Art. 52, ha resuelto convocar a los propietarios
que figuran en la relación que se hará pública en
el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza, y
que se encuentra expuesta en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Zaragoza, así como en el de
esta Demarcación de Carreteras, para que asistan
al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación
que se llevará a cabo el día 15 de abril de 2004
de 10:00 a 13:00 horas en el Ayuntamiento de
Zaragoza.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en el diario "Heraldo de Aragón"
y en el Boletín Oficial del Estado.
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplados en los Arts. 17.2, 18 y 19.2 de la LEF,
para que los interesados, conforme establece el
art. 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa
y hasta el momento en que se proceda al
levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación,
puedan formular por escrito, ante esta Demarcación
de Carreteras (Calle Capitán Portolés, 1-3-5,
5.a planta, 50071 Zaragoza) alegaciones a los solos
efectos de subsanar posibles errores que se hayan
producido al relacionar los bienes afectados por la
urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Zaragoza, 24 de marzo de 2004.-El Ingeniero
Jefe de la Demarcación. Fdo.: Rafael López
Guarga.-&11.668.
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